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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Jueves 19 de setiembre de 2024 El Peruano / Mediante ejecución de obras; y, 2. Mediante el auspicio de actividades, eventos y/o proyectos que desarrolle la Municipalidad de San Isidro; Que, según al artículo cuarto del Reglamento de la Ordenanza N° 389-MSI que regula la participación con responsabilidad social en el distrito de San Isidro, aprobado con el Decreto de Alcaldía Nº 018-2015-ALC-MSI, la Municipalidad de San Isidro deberá publicar en su portal institucional las actividades programadas, así como obras públicas que sean pasibles de aportes en el marco de responsabilidad social; Que, según el artículo 12° de la Ordenanza N° 389- MSI, las propuestas relacionadas a los programas de ejecución de obras o auspicios de actividades, eventos y/o proyectos que desarrolle esta Corporación Edil, deben ser aprobadas por el Comité de Responsabilidad Social de la Municipalidad de San Isidro, que conforme al artículo 8° de dicha Ordenanza estará conformado por los siguientes miembros: Presidente: Gerencia Municipal; Secretario: Secretario General; Miembros: O fi cina de Planeamiento Urbano, Gerencia de Desarrollo Distrital, Gerencia de Desarrollo Humano, O fi cina de Cultura, Gerencia de Administración y Finanzas, y Gerencia de Sostenibilidad; Que, mediante Ordenanza N° 505-MSI, publicada el 12 de setiembre de 2019, en el Diario O fi cial “El Peruano”, se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, la misma que fue modi fi cada mediante Ordenanza N° 548-MSI, publicada el 17 de octubre de 2021, en el citado Diario O fi cial; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, conforme a lo sustentado en el informe del visto, estima pertinente la necesidad de modi fi car el artículo 8° de la Ordenanza N° 389-MSI, toda vez que a excepción de la referencia a la Gerencia Municipal, la Secretaría General y la Gerencia de Administración y Finanzas, la mención de los demás miembros integrantes del Comité de Responsabilidad Social, entiéndase la O fi cina de Planeamiento Urbano, la Gerencia de Desarrollo Distrital, la Gerencia de Desarrollo Humano, la O fi cina de Cultura, y la Gerencia de Sostenibilidad, no se condice a la actual estructura orgánica y denominación de todos los órganos y unidades orgánicas que actualmente ejercen las funciones de estas áreas y que se vinculan con el objeto de esta Ordenanza, según lo previsto en la Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, por lo que correspondería realizar la adecuación respectiva, a efectos de facilitar la atención de las solicitudes de las propuestas de las personas naturales y jurídicas relacionadas a los programas de ejecución de obras o auspicios de actividades, eventos y/o proyectos que desarrolle la Municipalidad de San Isidro, en el marco de la Responsabilidad Social; Que, estando al sustento y la propuesta remitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica, conforme al referido informe legal; Que, con Asignación N° 3106-2024-0200-GM/MSI, de fecha 04 de setiembre de 2024, la Gerencia Municipal, remitió los actuados del referido proyecto de Ordenanza a la Secretaria General, dando su conformidad para ser elevado a la Comisión de Regidores pertinente; Que, con Dictamen N° 29-2024-CAJLI/MSI, de fecha 06 de setiembre de 2024, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática, emitió opinión favorable respecto del proyecto de Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza N° 389-MSI, Ordenanza que regula la participación con responsabilidad social en el distrito de San Isidro; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y del artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 389-MSI, ORDENANZA QUE REGULA LA PARTICIPACIÓN CON RESPONSABILIDAD SOCIAL EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo 8° de la Ordenanza N° 389-MSI, Ordenanza que regula la participación con responsabilidad social en el distrito de San Isidro, de conformidad con el siguiente texto:“Artículo 8.- Del Comité de Responsabilidad Social.- El Comité de Responsabilidad Social será el responsable de evaluar la propuesta presentada por la persona natural o jurídica o por la administración municipal y, autorizará la emisión del certi fi cado correspondiente. Los acuerdos adoptados por el comité deberán plasmarse en el Acta correspondiente. El Comité de Responsabilidad Social estará conformado por: *Presidente : Gerente Municipal *Secretario : Secretario General*Miembros : Gerente de Desarrollo Urbano y Económico Gerente de Inversiones Públicas y Mantenimiento Urbano Gerente de Salud y Bienestar Social Gerente de Educ ación, Cultura y Turismo Gerente de Administración y Finanzas Gerente de Desarrollo Ambiental Sostenible Gerente de Participación Vecinal ” Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Secretaría General, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, la Gerencia de Inversiones Públicas y Mantenimiento Urbano, la Gerencia de Salud y Bienestar Social, la Gerencia de Educación, Cultura y Turismo, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible, y a la Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y funciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro (www.munisanisidro.gob.pe). Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los once días del mes de setiembre de 2024. NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa 2326083-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Designan Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria de la Municipalidad de Santiago de Surco RESOLUCIÓN Nº 134-2024- RASS Santiago de Surco, 16 de septiembre del 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum N° 1489-2024-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 680-2024-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 5074-2024-GAF-MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 2559-2024-SGGTH-GAF-MSS de la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, , sobre la designación del Ejecutor y Auxiliar Coactivo de