NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (30/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 38
TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Lunes 30 de setiembre de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor WILDER FERNANDO RAMIREZ VENTURA en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Estudios Económicos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Artículo 2.- Encargar a la Ofi cina de Recursos Humanos realizar las gestiones pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. TERESA LILIANA TRASMONTE ABANTO Gerenta General 2329451-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan a servidor judicial como funcionario adicional responsable de brindar información solicitada a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, al amparo de lo establecido en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000980-2024 -P-CSJMD-PJ Tambopata, 26 de septiembre del 2024 VISTOS: Los siguientes documentos: 1) La Resolución Administrativa N° 000484- 2024-P-CSJMD-PJ, dictada por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, 2) El Ofi cio Múltiple N° 000243-2024-SG-GG-PJ, emitido por la Secretaria General de la Gerencia General, 3) El Ofi cio N° 001603-2024-OAD-CSJMD-PJ, emitido por el Jefe encargado de la Ofi cina de Administración Distrital de esta Presidencia de Corte; y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- En sesión de Sala Plena de fecha 01 de diciembre del 2022, se eligió al señor juez superior titular Adolfo Nicolás Cayra Quispe, como presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios para el periodo 2023-2024, proclamado mediante Resolución Administrativa de Sala Plena N° 08- 2022-P-CSJMD-PJ. El Presidente de Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna del mismo, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables. SEGUNDO.- Mediante el artículo quinto de la Resolución Administrativa N° 000487-2024-P-CSJMD-PJ, esta Presidencia de Corte resolvió lo siguiente: “Artículo Primero.- DESIGNAR a la servidora judicial SILVANA ESPERANZA SÁNCHEZ LUNA, como funcionaria responsable de brindar información solicitada a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, al amparo de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con efectividad a partir del día lunes 13 de mayo del 2024.”TERCERO.- En ese contexto, mediante, el Ofi cio Múltiple N° 000243-2024-SG- GG-PJ, de fecha 19 de julio, la Secretaria General de la Gerencia General sugiere que cada Corte Superior designe un funcionario adicional para gestionar las solicitudes de acceso a la información pública, considerando la importancia y el tamaño de la entidad, y aclara que aunque ese nuevo funcionario no sea el principal, puede manejar registros auxiliares de las solicitudes, pero debe reportar al funcionario principal a fi n de garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el acceso a la información. CUARTO.- Bajo esa misma línea, el Jefe encargado de la Ofi cina de Administración Distrital de esta Presidencia de Corte con el Ofi cio N° 001603-2024-OAD-CSJMD-PJ, designa un funcionario adicional en los archivos de la Corte para atender solicitudes de acceso a la información pública, confi rmando que es necesaria esa designación y propone al Ingeniero Junior Vilchez Navarro, Responsable del Área de Archivo Desconcentrado. Siendo ello así, corresponde integrar al funcionario adicional Ingeniero Junior Vilchez Navarro, Responsable del Área de Archivo Desconcentrado, considerando la importancia y el tamaño de la entidad, precisando que aunque este nuevo funcionario no sea el principal, puede manejar registros auxiliares de las solicitudes, debiendo reportar al funcionario principal para garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el acceso a la información, pese a que la resolución administrativa se encuentra notifi cada. QUINTO.- Asimismo, de aplicación supletoria al presente caso, conforme al quinto párrafo del artículo 172° del Código Procesal Civil, establece que: “(…) El Juez puede integrar una resolución antes de su notifi cación. Después de la noti fi cación, pero dentro del plazo que las partes dispongan para apelarla, de o fi cio o a pedido de parte, el Juez puede integrarla cuando haya omitido pronunciamiento sobre algún punto principal o accesorio. (…)”. Teniendo en cuenta lo señalado, corresponde señalar a que una integración puede ser dictada de ofi cio o a pedido de parte, con la fi nalidad de obtener un pronunciamiento que esclarezca el contenido oscuro o dudoso de un acto administrativo, o que se complete los puntos no resueltos en una resolución administrativa. SEXTO.- Lo señalado en el considerando precedente adquiere especial relevancia, toda vez que en la resolución objeto de integración, solo se designa a la servidora judicial Silvana Esperanza Sánchez Luna, como funcionaria Responsable de brindar información solicitada a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, por lo que, de conformidad con el visto 3) de la referencia, cconfi rma que es necesaria la designación de un servidor adicional para que atienda las solicitudes de acceso a la información pública en los archivos de la Corte. Por tales fundamentos, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el señor juez superior titular Adolfo Nicolás Cayra Quispe, presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, RESUELVE:Artículo Primero.- INTEGRAR -con efi cacia anticipada- a la Resolución Administrativa N° 000484-2024-P-CSJMD-PJ, de fecha 09 de mayo de 2024, al servidor judicial Ingeniero JUNIOR VILCHEZ NAVARRO, Responsable del Área de Archivo Desconcentrado, como FUNCIONARIO ADICIONAL RESPONSABLE de brindar información solicitada a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, al amparo de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806-Ley de Transparencia y Acceso a la Información