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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (05/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Sábado 5 de abril de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Efectos de la formalización La formalización de los Créditos Suplementarios en el presupuesto consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales para el Cuarto Trimestre del Año Fiscal 2024, no convalida los actos administrativos o de administración que se hayan ejecutado sin sujeción a la normatividad presupuestaria. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2388027-1 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales DECRETO SUPREMO N° 064-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 44.1 del artículo 44 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 173 817 395,00 (CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), con cargo a su presupuesto institucional, a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, para fi nanciar la ejecución de las inversiones detalladas en el Anexo III “Inversiones priorizadas del primer nivel de atención” de la referida Ley, que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, asimismo, el numeral 44.2 del artículo 44 citado dispone que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a solicitud de este último, previa suscripción de convenio, el cual debe suscribirse por el costo total de la inversión actualizado o por el monto pendiente a fi nanciar respecto al costo total de la inversión actualizado, y debe precisar: i) el presupuesto multianual requerido hasta la culminación de la inversión y, ii) los montos a fi nanciar en cada año fi scal por parte de cada entidad involucrada, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, adicionalmente, el numeral 44.4 establece que las inversiones fi nanciadas en el marco del artículo 44 en mención, deben contar con la opinión favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Salud sobre: i) el cumplimiento de la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las metodologías especí fi cas, las normas técnicas que le sean aplicables y los criterios de priorización aprobados por el sector, ii) su registro en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones del sector; y, iii) contribuya al fortalecimiento del primer nivel de atención a fi n de veri fi car que se encuentren alineadas con los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en la Programación Multianual de Inversiones, así como lo dispuesto por el sector;Que, la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32260, Ley que reconoce y premia a los deportistas medallistas de las diversas competencias deportivas de nivel internacional y dicta excepcionalmente medidas de carácter presupuestal, dispone que las propuestas de decreto supremo en el marco del artículo 44 de la Ley N° 32185 se presentan al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 15 de mayo de 2025; Que, mediante el O fi cio N° D001047-2025-SG-MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, para fi nanciar la ejecución de treinta y cuatro (34) inversiones detalladas en el Anexo III al que se refi ere el numeral 44.1 del artículo 44 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° D000288-2025-OGPPM-OP-MINSA de la O fi cina de Presupuesto y el Informe N° D000463-2025-OGPPM-OPMI-MINSA de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, así como el O fi cio N° 0201-2025-EF/63.04 que adjunta el Informe Nº 0088- 2025-EF/63.04 de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, con los respectivos sustentos; asimismo, mediante el O fi cio N° D001082-2025-SG-MINSA, el Ministerio de Salud remite el Informe N° D000300-2025- OGPPM-OP-MINSA de la O fi cina de Presupuesto con información complementaria; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 128 305 382,00 (CIENTO VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA DOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32260, Ley que reconoce y premia a los deportistas medallistas de las diversas competencias deportivas de nivel internacional y dicta excepcionalmente medidas de carácter presupuestal; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 128 305 382,00 (CIENTO VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, para fi nanciar la ejecución de treinta y cuatro (34) inversiones detalladas en el Anexo III al que se re fi ere el numeral 44.1 del artículo 44 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : M. de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central – MINSA CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000741 : Equipamiento y reequipamiento básico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias : 128 305 382,00 ============ TOTAL EGRESOS 128 305 382,00 ============