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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (09/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de abril de 2025 El Peruano / Públicos, con retención de su cargo de carrera; laborando a la fecha, según la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Mediante los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Asimismo, respecto a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, corresponde emitir el acto resolutivo a fi n de designar al abogado Edward Octavio Casaverde Trujillo conforme a su título de nombramiento, para lo cual previamente se deberá dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el párrafo tercero de la presente resolución. Asimismo, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, se considera necesario contar con fi scales con experiencia en el desempeño de la función fi scal, así entonces, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fi scal adjunto supremo en la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos y en mérito al marco normativo, resulta oportuno nombrar al abogado Luis Felipe Zapata Gonzáles, como fi scal adjunto supremo provisional transitorio, designándolo en la fi scalía antes señalada; para lo cual previamente se deberá dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el párrafo cuarto de la presente resolución. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Edward Octavio Casaverde Trujillo, como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica, y su designación en la Primera Fiscalía Superior Penal de Huancavelica; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1061-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 9 de mayo de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Luis Felipe Zapata Gonzáles, como fi scal adjunto supremo provisional, y su designación en la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3651-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 28 de diciembre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Tercero.- Designar al abogado Edward Octavio Casaverde Trujillo, fi scal adjunto supremo titular, en la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos. Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado Luis Felipe Zapata Gonzáles, como fi scal adjunto supremo provisional transitorio, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, con retención de su cargo de carrera. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento al abogado Edward Octavio Casaverde Trujillo, que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huancavelica y Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2388947-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban formatos y anexos que serán utilizados para la programación de gastos y actividades del FPD, solicitud del FPD, y presentación de rendición de cuentas de los fondos del FPD por parte de las organizaciones políticas beneficiarias; así como, el formato para que los candidatos(as) a cargo de elección popular puedan acreditar a sus respectivos responsables de campaña en un proceso electoral RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 000002-2025- GSFP/ONPE Lima, 7 de abril de 2025VISTO: El Informe Nº 000656-2025-SGVC-GSFP/ ONPE, emitido por la Subgerencia de Veri fi cación y Control, y visado por la Subgerencia de Técnica Normativa; y, CONSIDERANDO:Mediante Ley 32254, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de enero de 2025, se modi fi có la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en lo sucesivo, LOP), con la fi nalidad de restituir el fi nanciamiento privado de las personas jurídicas nacionales con fi nes de lucro; Así se aprecia que la mencionada reforma legislativa estableció en el artículo 29 de la LOP, lo siguiente: