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79 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de abril de 2025 El Peruano / de S/ 91,530.00 Soles, para asumir el incremento de la dieta de los 15 regidores de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres para el presente ejercicio fi scal, en el marco a lo establecido en el artículo único de la Ley N° 32269 - Ley que modi fi ca la Ley 27972, Ley Orgánica de municipalidades, para establecer precisiones sobre la dieta de los regidores; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 149-2025-OGAJ/MDSMP de fecha 26 de marzo de 2025, señala que a mérito de los informes que anteceden opina favorablemente a efectos que se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 32269, Ley que modi fi ca la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, para establecer precisiones sobre la dieta de los Regidores, debiendo someter el mismo en Sesión de Consejo Municipal conforme está establecido en el artículo 9º y 41º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con la primera disposición complementaria fi nal de la Ley N° 32269; Que, mediante Memorando N° 326-2025-GM/MDSMP de fecha 26 de marzo de 2025, la Gerencia Municipal corre traslado a Secretaría General de los actuados, con la fi nalidad que en el marco de sus competencias, se sirva elevar la propuesta de modi fi cación de dieta de los regidores al Concejo Municipal, para su pronunciamiento de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27972; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Distrital de San Martín de Porres, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Articulo Primero.- FIJAR la DIETA de los Regidores de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en el monto de S/ 1,989.00 (Un Mil Novecientos Ochenta y Nueve y 00/100 soles) por cada sesión de concejo asistida, con un máximo de dos (2) sesiones retribuidas al mes, de conformidad con la Ley N° 32269. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, todo Acuerdo de Concejo que se oponga al presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia Municipal, O fi cina General de Administración y Finanzas, O fi cina General de Recursos Humanos y la O fi cina Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación del presente Acuerdo en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad(www.gob.pe/mdsmp.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase.HERNAN TOMÁS SIFUENTES BARCA Alcalde 2388202-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Santa Anita ORDENANZA Nº 00368/ MDSA Santa Anita, 28 de marzo de 2025El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO;VISTO: En la VI Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9° y del artículo 39° y 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto Unánime y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 15° Y DEROGA EL NUMERAL 13) DEL ARTÍCULO 56° DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA N° 00318/ MDSA Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, aprobado mediante Ordenanza N° 00318/MDSA, el mismo que queda redactado, conforme al anexo, cuyo texto se publica en el Portal Institucional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE el numeral 13) del artículo 56° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante la Ordenanza N° 00318/MDSA. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional (www.munisantanita.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2387612-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONCEPCIÓN Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Concepción 2024 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 028-2024-CM/MPC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONCEPCIÓN POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE CONCEPCIÓN VISTO: El Acuerdo de Concejo Municipal Nº 138 de fecha 05-12-2024, referente a Modi fi cación y adecuación a los nuevos procedimientos estandarizados del texto único de procedimientos administrativos TUPA de la Municipalidad provincial de Concepción; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico