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74 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de abril de 2025 El Peruano / Fondos Partidarios aprobado por Resolución Jefatural Nº 000030-2025-JN/ONPE. Asimismo, se observa que, mediante el citado documento, también se precisó que corresponde actualizar el formato de acreditación del responsable de campaña de los candidatos(as) a cargo de elección popular de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 32245. Por tanto, se propuso realizar la actualización y aprobación de los siguientes formatos y sus anexos: Para las organizaciones políticas:Formato 10: Cédula Central de Ingresos y Gastos del Financiamiento Público Directo Anexo 10A: Ingresos del Financiamiento Público Directo Anexo 10B: Gastos en Actividades OrdinariasAnexo 10C: Gastos en Actividades de FormaciónAnexo 10D: Gastos en Actividades de CapacitaciónAnexo 10E: Gastos en Actividades de InvestigaciónAnexo 10F: Gastos en Actividades de Difusión. Formato 11: Conciliación del saldo del Financiamiento Público Directo Anexo 11A: Caja chica - Financiamiento Público Directo Anexo 11B: Entregas a Rendir - Financiamiento Público Directo Formato 12: Solicitud de Financiamiento Público Directo Formato 13: Programación de gastos y actividades del Financiamiento Público Directo Para las personas candidatas a cargos de elección popular: Formato 14: Acreditación del responsable de campaña de los candidatos(as) a cargos de elección popular Al respecto, es pertinente señalar que conforme lo establece la primera disposición transitoria del RFSFP, las organizaciones políticas bene fi ciarias del FPD deben elaborar y aprobar una programación calendarizada de los costos y gastos de las actividades ordinarias y especi fi cas (formación, capacitación, investigación y difusión de estas) correspondiente al segundo semestre del ejercicio anual 2025. Esta programación debe ser aprobada por el órgano partidario competente y presentada ante la ONPE hasta la primera quincena del mes de mayo de 2025 para su aprobación respectiva; Conforme se aprecia, con la entrada en vigencia de la nueva norma reglamentaria las organizaciones políticas bene fi ciarias del FPD deben presentar ante la ONPE una programación calendarizada de los costos y gastos de las actividades ordinarias y especi fi cas (formación, capacitación, investigación y difusión de estas) correspondiente al segundo semestre del ejercicio anual 2025, y para tal efecto deben presentar el Formato 13: Programación de gastos y actividades del Financiamiento Público Directo; En concordancia con ello, se debe precisar que los formatos aprobados mediante la presente resolución que tengan relación con el FPD deben ser utilizados por las organizaciones políticas bene fi ciarias para solicitar esta subvención económica a partir del segundo semestre del ejercicio anual 2025; es decir, para el periodo comprendido desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre del presente año. Asimismo, se indica que con la fi nalidad de uni fi car la correlación de los formatos respecto a las organizaciones políticas resulta pertinente, establecer que el formato relacionado a la acreditación del responsable de campaña de la persona candidata ahora tenga la numeración 14, conforme se aprecia a continuación: Formato 14: Acreditación del responsable de campaña de los candidatos(as) a cargos de elección popular;En consecuencia, teniendo en cuenta las reformas ya señaladas, se puede concluir que resulta pertinente y, necesario proceder con la actualización y, aprobación de los formatos y anexos antes mencionados, con la fi nalidad de que sean utilizados para la programación de gastos y actividades del FPD, solicitud del FPD y presentación de rendición de cuentas del FPD por parte de las organizaciones políticas bene fi ciarias con el FPD, así como el formato para que los candidatos(as) a cargo de elección popular puedan acreditar a sus respectivos responsables de campaña en un proceso electoral; En uso de las atribuciones conferidas a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, por las normas jurídicas aludidas y de conformidad con lo dispuesto por el literal o) del artículo 84 del Texto Integral del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE aprobado por Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE; Con el visado de las Subgerencias de Veri fi cación y Control, y de Técnica Normativa de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR los siguientes formatos y sus anexos que serán utilizados para la programación de gastos y actividades del FPD, solicitud del FPD, y presentación de rendición de cuentas de los fondos del FPD por parte de las organizaciones políticas bene fi ciarias; así como, el formato para que los candidatos(as) a cargo de elección popular puedan acreditar a sus respectivos responsables de campaña en un proceso electoral, los mismos que como anexo forman parte de la presente resolución: Para las organizaciones políticas: Formato 10: Cédula Central de Ingresos y Gastos del Financiamiento Público Directo Anexo 10A: Ingresos del Financiamiento Público Directo Anexo 10B: Gastos en Actividades Ordinarias. Anexo 10C: Gastos en Actividades de Formación. Anexo 10D: Gastos en Actividades de Capacitación.Anexo 10E: Gastos en Actividades de Investigación.Anexo 10F: Gastos en Actividades de Difusión. Formato 11: Conciliación del saldo del Financiamiento Público Directo Anexo 11A: Caja chica - Financiamiento Público Directo Anexo 11B: Entregas a Rendir - Financiamiento Público Directo Formato 12: Solicitud de Financiamiento Público Directo Formato 13: Programación de gastos y actividades del Financiamiento Público Directo Para las personas candidatas a cargos de elección popular: Formato 14: Acreditación del responsable de campaña de los candidatos(as) a cargos de elección popular Artículo Segundo.- ESTABLECER que los formatos y sus anexos relacionados al FPD que forman parte de la presente resolución deben ser utilizados por las organizaciones políticas bene fi ciarias para solicitar la entrega de estos fondos públicos para el segundo semestre del ejercicio anual 2025; esto es, para el periodo comprendido del 1 de julio hasta el 31 de diciembre del año en curso. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, asimismo, que dicha resolución, sus formatos y sus respectivos anexos, que se aprueban, se publique en la web o fi cial de la ONPE alojada en la Plataforma Digital