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54 NORMAS LEGALES Jueves 24 de abril de 2025 El Peruano / de avisos o mensajes publicitarios que se consideren de impostergable necesidad o utilidad pública, a ser difundidos por radio o televisión, en periodo electoral, de conformidad a la normativa sobre la materia. c) Autorizar, excepcionalmente, impresos a color para casos debidamente justi fi cados. d) Suscribir el Convenio Marco y/o los Convenios Especí fi cos de Colaboración Interinstitucional que deriven del referido convenio, entre el OECE y el Ministerio de Economía y Finanzas referidos al CONECTAMEF, así como sus respectivas adendas. 1.5 En materia de Defensa Jurídica: a) Autorizar al procurador público a conciliar, transigir, consentir resoluciones y desistirse de la pretensión, respecto del supuesto establecido en el inciso 1 del numeral 15.6 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 018-2019-JUS. Artículo 2.- Delegar a la/al Jefa/e de la O fi cina de Administración del OECE, las siguientes facultades: 2.1 En materia de Contrataciones Públicas:a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) del OECE y sus modi fi caciones. 2.2 En materia de Gestión Administrativa:a) Representar al OECE ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas y, en general, emitir e implementar los actos o actuaciones que no sean privativas del Titular de la Entidad o de la Procuraduría Pública. Así como, suscribir en representación del OECE, la documentación que deba ser remitida a la Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en la normativa de Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales. b) Ejercer la representación legal del OECE para suscribir minutas, escrituras públicas de levantamiento de garantía hipotecaria y cualquier otro documento necesario para el levantamiento de hipotecas constituidas a favor de terceros, así como para su respectiva inscripción en los Registros Públicos. c) Reconocer aquellos adeudos en los que resulte aplicable la acción por enriquecimiento sin causa en la vía correspondiente, en concordancia con la normativa vigente, y sin perjuicio del deslinde de responsabilidades que diere lugar. f) Aprobar la aceptación de donación de bienes muebles patrimoniales que se encuentren en el territorio nacional o provenientes del extranjero, así como, suscribir la solicitud de afectación en uso y transferencia de bienes muebles patrimoniales, en el marco del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 217-2019-EF, directivas y normas complementarias. g) Aprobar la aceptación de la donación de predios y/o bienes inmuebles privados, en el marco del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, su Reglamento, directivas y normas complementarias. 2.3 En materia de Defensa Jurídica:a) Autorizar al procurador público a conciliar o transigir, conforme a la ley de la materia, respecto del supuesto establecido en el numeral 15.8 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, en los supuestos sin contenido patrimonial y con contenido patrimonial cuando la cuantía no supere las ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera, monto que no incluye intereses. Artículo 3.- Delegar a la/al Jefa/e de la O fi cina de Recursos Humanos del OECE, las siguientes facultades: a) Aprobar los encargos de funciones y puestos de un directivo o personal de con fi anza, bajo el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Decreto Legislativo N° 728, previa opinión técnica del especialista de la ORH. b) Aprobar las designaciones temporales de un puesto o funciones de un directivo o personal de con fi anza, al personal bajo el régimen laboral especial de contratación administrativa de servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, previa opinión técnica del especialista de la ORH. Artículo 4.- Delegar a la/al Jefa/e de la O fi cina de Tecnologías de la Información, la facultad de autorizar la emisión y cancelación de certi fi cados digitales a los suscriptores. Artículo 5.- La delegación de facultades a que se re fi ere la presente resolución, es indelegable y comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Los funcionarios/servidores a los cuales se les ha delegado las facultades indicadas en la presente resolución, están obligados a indicar expresamente que actúan en vía de delegación . Artículo 6.- Los funcionarios/servidores a los cuales se les ha delegado las facultades, están obligados a dar cuenta trimestralmente, dentro de los cinco (5) días hábiles del mes que corresponda, respecto de las actuaciones derivadas de las facultades delegadas, correspondiendo la consolidación de la información a la Gerencia General, quien informará al Titular de la Entidad en un plazo de cinco (5) días hábiles. Artículo 7.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tienen vigencia durante el Año Fiscal 2025. Artículo 8.- Derogar la Resolución N° D000192-2024- OSCE-PRE. Artículo 9.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) (www. gob.pe/oece) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Presidenta EjecutivaPresidencia Ejecutiva 2393324-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 000021-2025-OTASS-GG Lima, 2 de abril de 2025