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49 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de abril de 2025 El Peruano / c) Aprobar las bases, así como las solicitudes de cotización para Comparación de Precios, que constituyen documentos del procedimiento de selección. d) Aprobar la subcontratación de prestaciones y la cesión de posición contractual, en el marco de la Ley Nº 32069. e) Comunicar al Tribunal de Contrataciones Públicas sobre la presunta comisión de infracciones. f) Aprobar la subcontratación de prestaciones y aquellos casos de cesión de posición contractual. g) Suscribir los documentos notariales de resolución de contratos u órdenes de bienes y servicios derivados de procedimientos de selección, conforme a la normativa vigente. h) Suscribir los documentos simples de resolución de órdenes de compra u órdenes de servicio correspondientes a contratos menores, conforme a la Ley Nº 32069 y su reglamento. Los documentos de ejecución contractual, así como los apercibimientos simples y demás comunicaciones derivadas de la ejecución del contrato, quedan a cargo exclusivo de las áreas usuarias respectivas. i) Supervisar que se cumplan las disposiciones referidas a la profesionalización de los compradores públicos que se emitan en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento. j) Proporcionar el acceso a la información pertinente y oportuna a DGA, el OECE y Perú Compras para el ejercicio de las funciones que la Ley 32069 les otorga. k) Remitir información pertinente a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi, en caso de veri fi cación de conductas anticompetitivas en los procedimientos de contratación, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32069. l) Suscribir convenios institucionales con entidades públicas para la realización de compras corporativas facultativas, ya sea en calidad de entidad compradora o de entidad usuaria; así como aprobar el desistimiento de participación en dichas compras, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF. m) Suscribir solicitudes, actas, convenios y comunicaciones relacionados a la compra centralizada, ya sea en calidad de entidad compradora centralizada o de entidad usuaria, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF. n) Suscribir convenios o actas para la formalización de encargos de contratación de bienes, servicios u obras con otras entidades públicas, ya sea en calidad de entidad encargada o de entidad que encarga, de conformidad con la Ley Nº 32069 y su reglamento. o) Representar al Seguro Integral de Salud en procesos de conciliación y arbitraje derivados de contrataciones públicas, suscribir actas de conciliación, convenios arbitrales y demás documentos necesarios en los procesos de solución de controversias. p) Aprobar la contratación mediante procedimientos no competitivos, conforme a lo establecido en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Artículo 3.- Modi fi car el artículo 3 de la Resolución Jefatural Nº 000002-2025-SIS/J, en los siguientes términos: Artículo 3.- Delegar en el/la Director/a General del Ofi cina General de Imagen Institucional y Transparencia del Seguro Integral de Salud, las siguientes facultades: a) Presentar el formato de solicitud para el procedimiento de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión, al Jurado Electoral Especial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 del Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en período electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE; así como la presentación de recursos impugnatorios o aclaraciones requeridas por el Jurado Electoral Especial y cualquier otro acto adicional necesario para el cumplimiento de tales fi nes. b) Presentar el formato de reporte posterior de publicidad estatal, al Jurado Electoral Especial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en período electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE; así como la presentación de recursos impugnatorios o aclaraciones requeridas por el Jurado Electoral Especial y cualquier otro acto adicional necesario para el cumplimiento de tales fi nes. Artículo 4.- Precisar que las facultades delegadas en los numerales 1.2 y 2.2 de la Resolución Jefatural Nº 000002-2025-SIS/J solo son aplicables a los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, los cuales se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal institucional del Seguro Integral de Salud y en el diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2395271-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Modifican el Manual de Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) RESOLUCIÓN Nº 0052-2025/SBN-GG San Isidro, 28 de abril de 2025 VISTO: Los Memorándums N°s. 00250 y 00263-2025/SBN- OAF de la O fi cina de Administración y Finanzas; los Informes N° 00371 y N° 00338-2025/SBN-OAF-URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe N° 00584-2025/ SBN-OPP de la O fi cina Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00186-2025/SBN-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el Acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, que aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH denominada: “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante, “la Directiva”, la cual contiene, entre otras, las reglas que permiten a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar su Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC);