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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (30/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de abril de 2025 El Peruano / de entrega de solo construcción y bajo el sistema de entrega de diseño y construcción, conforme a lo señalado en el numeral 64.3 del artículo 64 de la Ley Nº 32069 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF.” Artículo 2.- Modi fi car el numeral 3.1 e incorporar el numeral 3.3 al artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 002-2025/MINSA, en los siguientes términos: “Artículo 3.- Delegación de facultades al/a la Director/a General de la O fi cina General de Administración Delegar durante el Año Fiscal 2025, al/a la Director/a General de la O fi cina General de Administración, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central - Ministerio de Salud: 3.1 En materia de contrataciones estatales, bajo el marco de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, de acuerdo con la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas: (...)3.3. Delegación en materia de contrataciones públicas, bajo el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del Ministerio de Salud. b) Aprobar la actualización del Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias, así como supervisar su ejecución. c) Aprobar los procesos de compatibilización de requerimientos. d) Autorizar a que se pueda acordar la suspensión del plazo de ejecución, aun cuando el evento se deba a causa imputable a la entidad contratante, sin perjuicio de iniciarse el respectivo deslinde de responsabilidades. e) Resolver los contratos de obras, por las causales descritas en la normatividad vigente, previo informe favorable de la o fi cina técnica correspondiente, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. f) Aprobar las estandarizaciones de bienes y servicios, de conformidad con la normatividad de Contrataciones Públicas. g) Designar a los miembros titulares y suplentes de los Comité y a los expertos integrantes de los Jurados; así como, aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes h) En el caso de las contrataciones de bienes, servicios, consultorías obras, cuando corresponda, derivadas de los procedimientos de selección regulados por la normativa de Contrataciones Públicas: • Aprobar los expedientes de contratación y las bases de los procedimientos de selección competitivos de Licitación Pública y Concurso Público y no competitivos. • Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas en el caso de bienes, servicios y consultorías. • Autorizar las contrataciones complementarias, en el marco de lo establecido en la normativa de contrataciones públicas. • Aprobar la subcontratación de prestaciones a cargo del contratista, hasta por un máximo de cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original, según corresponda. i) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de contratación, que deban realizarse ante autoridades administrativas, tales como: el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE), el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS y la Contraloría General de la Republica; así como, gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulten necesario realizar ante otras entidades, vinculados a las contrataciones públicas. j) Aprobar las contrataciones con proveedores no domiciliados en el país que se encuentran fuera del ámbito de aplicación de la Ley General de Contrataciones Públicas, de acuerdo al literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 32069; así como, suscribir los contratos, sus respectivas adendas y en general toda la documentación relacionada con su ejecución, cuando el monto de la contratación sea igual o superior a S/ 485,000.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CON 00/100 SOLES). k) Aprobar las solicitudes de mayores y menores gastos generales por ampliación de plazo para el caso de obras y consultoría de obras, previa opinión favorable de la Dirección General de Operaciones en Salud. l) Aprobar, mediante resolución, la cancelación de un procedimiento de selección competitivo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 85 del Reglamento de la Ley Nº 32069, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF. m) Autorizar las modi fi caciones contractuales que correspondan conforme al artículo 110 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas. n) Aprobar la modi fi cación del contrato de bienes y servicios cuando el contratista ofrezca bienes y/o servicios con iguales o mejores características técnicas con respecto a su oferta. o) Evaluar y aprobar la decisión de conciliar, aprobar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, considerando criterios de costo-bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos de un eventual proceso arbitral, la expectativa de éxito de seguir el arbitraje, la conveniencia de resolver la controversia a través de la conciliación, así como los riesgos que representa la controversia en el normal desarrollo de la ejecución contractual; así como, de emitir la respectiva resolución autoritativa, conforme a lo señalado en el artículo 82 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y el artículo 330 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF. Debiendo coordinar para la representación procesal con la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud. p) Aprobar la subcontratación solicitada por el contratista. q) Designar al Comité de Recepción de Obra.r) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución de obra y de consultorías de obras.” Artículo 3.- Modi fi car el artículo 4 e incorporar el numeral 4.1 a la Resolución Ministerial Nº 002-2025/MINSA, en los siguientes términos: “Artículo 4.- Delegación de facultades al/a Director/a Ejecutivo/a de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración Delegar durante el Año Fiscal 2025, al/a la Director/a Ejecutivo/a de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, bajo el marco de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, de acuerdo con la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas: (…) 4.1 Delegación en materia de contrataciones públicas, bajo el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento. a) Aprobar las modi fi caciones del Cuadro Multianual de Necesidades - CMN, en el marco de las disposiciones que establezca la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas. b) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos regulados por la Ley Nº 32069 y sus Adendas, derivados de los procedimientos de selección, incluyendo las contrataciones complementarias y las respectivas Adendas, incluso las derivadas de la cesión de posición contractual y la cesión de derechos.