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45 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de abril de 2025 El Peruano / la entidad; y, en el caso de los Organismos Públicos, la gerencia general es la autoridad de gestión administrativa; Que, adicionalmente, el numeral 25.2. del artículo 25 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, dispone que la autoridad de gestión administrativa puede delegar, mediante resolución, las facultades que la presente ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento de la referida ley; Que, en atención a lo expuesto y la propuesta del documento de vistos, resulta pertinente delegar facultades en materia de contrataciones públicas bajo los alcances otorgados por la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, en el (la) jefe (a) de la Ofi cina General de Administración - OGA y el (la) jefe (a) de la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración; Que, de conformidad con las facultades previstas en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004- PCM y sus modi fi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF; Contando el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegación a la jefatura de la O fi cina General de Administración Delegar en el(la) Jefe(a) de la O fi cina General de Administración del Instituto Peruano del Deporte, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. En materia de contrataciones Públicasa) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Instituto Peruano del Deporte; así como sus modi fi caciones. b) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades - CMN y sus modi fi caciones. c) Autorizar los procesos de compatibilización del requerimiento. d) Publicar, modi fi car, así como realizar el seguimiento y monitoreo del plan multianual de homologación que apruebe el Instituto Peruano del Deporte, y comunicar los avances de su cumplimiento a Perú Compras. Asimismo, realizar el seguimiento de las actividades del equipo de homologación informando a la Gerencia General del Instituto Peruano del Deporte. e) Aprobar los expedientes técnicos de obra.f) Aprobar los expedientes de contratación, las bases y/o los documentos de los procedimientos de selección competitivos y no competitivos; así como, de las contrataciones a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. g) Aprobar que no se utilice la subasta inversa para la contratación de bienes o servicios que cuenten con fi cha técnica, cuando de la estrategia de contratación determina que existe el riesgo objetivamente sustentado de que no se presenten su fi cientes proveedores para realizar la puja correspondiente; así como remitir a Perú Compras la documentación que sustenta dicha aprobación. h) Designar y/o remover a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección y a los expertos integrantes del jurado de procedimientos de selección competitivos, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes; para el normal desarrollo de los procedimientos de selección, de acuerdo con lo establecido en la normativa de contrataciones públicas vigente. i) Evaluar el motivo de la ausencia de integrantes titulares de comités de procedimientos de selección competitivos a efectos de determinar indicios de responsabilidad, comunicando el resultado de la evaluación a la Gerencia General del Instituto Peruano del Deporte.j) Autorizar la participación de expertos en los comités y jurados de procedimientos de selección competitivos. k) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección competitivos, por causal debidamente motivada.l) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades contratantes para realizar compras corporativas de bienes y servicios en general, y sus respectivas adendas. m) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar a Perú Compras u otra entidad contratante la realización de la fase de actuaciones preparatorias y/o la fase de selección de bienes, servicios en general, consultorías y obras, y sus respectivas adendas. n) Suscribir convenios para encargar a organismos internacionales la realización de la fase de actuaciones preparatorias y/o la fase de selección de bienes, servicios, consultorías y obras, previa aprobación del encargo por el Titular del Instituto Peruano del Deporte, y sus respectivas adendas; así como, aprobar el expediente de contratación derivado de dichos convenios. o) Suscribir convenios de colaboración u otros de naturaleza análoga entre entidades contratantes, siempre que se brinden los bienes, servicios y obras propios de la función que por ley les corresponde, no se persiga fi nes de lucro, no se obtengan utilidades y solo se reconozcan los costos en que incurre la entidad a cargo de la entrega del bien, servicio u obra, y sus respectivas adendas. p) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos que resulten de procedimientos de selección competitivos y no competitivos, y los que deriven de procedimientos de selección desarrollados en el marco de los convenios a que se re fi eren los literales l) y m) precedentes; así como suscribir las adendas a dichos contratos. q) Resolver las órdenes de compra y las órdenes de servicios que se suscriban o perfeccionen conforme a lo previsto en el artículo 87 del Reglamento de la Ley Nº 32069, así como las contrataciones que se suscriban o perfeccionen a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. r) Suscribir, modi fi car y resolver contratos con proveedores no domiciliados en el país, a que se re fi ere el literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, así como suscribir sus respectivas adendas. s) Suscribir el contrato tripartito para el funcionamiento de la junta de prevención y resolución de disputas (JPRD). t) Autorizar y acordar por escrito con el contratista la suspensión del plazo de ejecución contractual; así como suscribir el acta acordando la fecha del reinicio del plazo de ejecución contractual. Cuando la suspensión se deba a causa imputable a la entidad contratante además, efectuar la comunicación para el inicio del respectivo deslinde de responsabilidades. u) Autorizar y ordenar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones de bienes, servicios y consultoría de obras hasta por el máximo permitido por ley. v) Autorizar y ordenar la ejecución de prestaciones adicionales de obras hasta por el máximo permitido por ley; así como informar al Tribunal de Contrataciones Públicas y a la Contraloría General de la República en caso se aprueben prestaciones adicionales de obra por defi ciencias en el expediente técnico de obra. w) Autorizar y ordenar la reducción de prestaciones de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por ley. x) Autorizar la modi fi cación contractual que conlleve la variación del monto contractual, así como la modi fi cación contractual por hecho sobreviviente bajo causa imputable a alguna de las partes, conforme a lo previsto por el artículo 110º del Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. y) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo y noti fi car la decisión a los contratistas. Asimismo, en virtud de la ampliación otorgada, ampliar el plazo de los contratos directamente vinculados al principal. z) Autorizar el pago de la ejecución de mayores metrados conforme a lo previsto por el artículo 197º del Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.