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36 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de abril de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR JOSÉ BERNABÉ PÉREZ Presidente EjecutivoInstituto Nacional de Calidad 2394410-1 SALUD Modifican la Resolución Ministerial N° 002-2025/MINSA sobre delegación de facultades en materia de contrataciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2025/ MINSA Lima, 29 de abril del 2025 Visto, el Expediente Nº OGA-OA20250000077 que contiene el Informe Nº D000022-2025-OGA-MINSA emitido por la O fi cina General de Administración y el Informe Nº D000429-2025-OGAJ-MINSA emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 002-2025/ MINSA, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 021-2025/MINSA, se delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Salud para el Ejercicio Fiscal 2025, entre otras, en materia de contratación estatal, en el marco de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; Que, el 24 de junio de 2024 se publica en el diario ofi cial El Peruano, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, que tiene como fi nalidad maximizar el uso de recursos públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Estado, en términos de e fi cacia, e fi ciencia y economía, de tal manera que dichas contrataciones permitan el cumplimiento oportuno de los fi nes públicos y mejoren las condiciones de vida de los ciudadanos; Que, asimismo, el 22 de enero de 2025, se publica en el diario o fi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley, establece que, los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la referida ley, se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 32069, en concordancia con los artículos 18 y 19 de su Reglamento, incluye como actores que intervienen directamente en los procesos de contratación regulados en el nuevo régimen de contratación pública, entre otros, a los siguientes: i) el Titular de la Entidad y, ii) la Autoridad de la gestión administrativa; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, conforme a lo establecido en el numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley Nº 32069, el Titular de la entidad contratante puede delegar, mediante resolución, las facultades que la mencionada ley le otorga, salvo las excepciones previstas en el Reglamento; Que, mediante el Informe Nº D000022-2025-OGA- MINSA, la O fi cina General de Administración propone, se deleguen algunas facultades que la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, le otorga al Titular del Ministerio de Salud, así como adoptar sus disposiciones, en la Unidad Ejecutora 001: Administración Central- Ministerio de Salud, a fi n de agilizar la gestión administrativa relacionada a los procesos de contratación de bienes, servicios y obras; Que, de acuerdo al marco normativo expuesto precedentemente y, atendiendo a la estructura orgánica del Ministerio de Salud, con el propósito de otorgar celeridad a la gestión administrativa relacionada a los procesos de contratación de bienes, servicios y obras en la Unidad Ejecutora 001: Administración Central - Ministerio de Salud, resulta conveniente modi fi car la Resolución Ministerial Nº 002-2025/MINSA, a fi n de delegar determinadas funciones asignadas al Titular de la entidad en los procesos de contratación pública y adaptar sus disposiciones al marco normativo previsto en la Ley Nº 32069 y su Reglamento; Con el visado de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2025/MINSA, incorporando los sub numerales 2.2.1 y 2.2.2 conforme a los siguientes términos: “Artículo 2.- Delegación de facultades al/a la Secretario/a General Delegar durante el año fi scal 2025 al/a la Secretario/a General del Ministerio de Salud, las siguientes facultades: (…)2.2 En materia de Contrataciones con el Estado de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central - Ministerio de Salud: 2.2.1 Bajo el marco de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, de acuerdo con la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas: a) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de obra, conforme a lo señalado en el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y modi fi catorias. b) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, realizados en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF. 2.2.2 Bajo el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas: a) Aprobar la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley Nº 32069 y artículo 18 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF. b) Autorizar la ejecución y pago de prestaciones adicionales de obra, cuando corresponda, bajo el sistema