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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (07/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 7 de agosto de 2025 El Peruano / Comisión de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional del Callao, deriva al Consejero Delegado el Dictamen Nº 0001-2025-GRC/CR-CDNDCYSC de fecha 28 de mayo de 2025, dictamen aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de la citada Comisión de fecha 28 de mayo de 2025; Que, el mencionado Dictamen, señala: “1. Recomendar al Consejo Regional, en razón de las consideraciones expuestas, APROBAR la Ordenanza Regional que declara de Necesidad Pública e interés regional la construcción y equipamiento de la Compañía de Bomberos B-232, Pachacútec – Ventanilla, el cual consta de CINCO (05) artículos (…)”; (sic) Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, estimó pertinente aprobar por unanimidad el Acuerdo de Consejo Regional Nº 057, de fecha 8 de julio de 2025, a través del cual, se acordó: “1. APROBAR el Dictamen Nº 0001–2025–GRC/CR–CDNDCYSC de fecha 28 de mayo de 2025, de la Comisión de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional del Callao; en consecuencia, APRUÉBESE vía Ordenanza Regional, declarar de Necesidad Pública e Interés Regional la construcción y equipamiento de la Compañía de Bomberos B-232, Pachacútec – Ventanilla, el cual consta de cinco (5) artículos, conforme a lo previsto en el Dictamen antes mencionado.”; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Callao ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LA COMPAÑÍA DE BOMBEROS B – 232, PACHACÚTEC - VENTANILLA Artículo 1º.- DECLARAR, de Necesidad Pública e Interés Regional la Construcción y Equipamiento de la Compañía de Bomberos B – 232, Pachacútec – Ventanilla, con la fi nalidad de prevenir, proteger y brindar apoyo relacionado a la prevención de incendios y accidentes en general, en la jurisdicción del Callao. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional del Callao, adopte las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Artículo 3º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Gobierno Regional del Callao, la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Portal Institucional. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notifi car la presente Ordenanza Regional, a las Unidades Orgánicas correspondientes, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5º.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en un diario de circulación regional, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.CIRO RONALD CASTILLO ROJO SALAS Gobernador HAROLD ANGULO CÁRDENAS Secretario del Consejo Regional 2424965-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ordenanza que establece el procedimiento de declaración de abandono y disposición final de vehículos internados en el Depósito Municipal Vehicular del distrito de Santa Anita ORDENANZA Nº 00371/ MDSA Santa Anita, 19 de junio del 2025 El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO;VISTO: En la XI Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, en uso de las facultades previstas en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias; de conformidad por lo opinado en el Dictamen Nº 002- 2025-MDSA/CM-CSC de la Comisión Permanente de Seguridad Ciudadana, y estando a los considerandos contenidos en Anexo, el Concejo Municipal de Santa Anita por UNANIMIDAD y con la dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE ABANDONO Y DISPOSICIÓN FINAL DE VEHÍCULOS INTERNADOS EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL VEHICULAR DEL DISTRITO DE SANTA ANITA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETIVO Y FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer un procedimiento adecuado para la declaración de abandono y disposición fi nal de aquellos vehículos internados en el Depósito Municipal de Vehículos (DMV) del distrito de Santa Anita, en mérito a una medida correctiva de internamiento dispuesta en el marco de un procedimiento administrativo sancionador iniciado contra sus propietarios y/o conductores, y cuya liberación no fue solicitada aún después de declararse consentido el procedimiento. Artículo 2º.- BASE LEGAL La presente Ordenanza se ampara en las siguientes normas: 1. T.U.O. de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. 2. Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, su Reglamento y sus modi fi catorias. 3. Ley 27728 – Ley del Martillero Público 4. Decreto Supremo Nº 016-2021-MTC - Aprueba el Reglamento que Establece el Procedimiento para la Declaración de Abandono y Chatarreo de los Vehículos Internados en Depósitos Vehiculares, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2024-MTC. 5. Decreto Supremo Nº 005-2021-MTC – Aprueba el Reglamento Nacional para el Fomento del Chatarreo, modi fi cado, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 014- 2024-MTC. 6. Decreto de Urgencia Nº 019-2020 - Decreto de Urgencia para Garantizar la Seguridad Vial.