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32 NORMAS LEGALES Domingo 10 de agosto de 2025 El Peruano / 3. Presentar una solicitud de adjudicación de puesto de venta dentro del plazo establecido. El procedimiento de adjudicación se llevará a cabo de acuerdo con el reglamento que se apruebe mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- PROCEDIMIENTO Y CRONOGRAMA DE REUBICACIÓN 1. La Sub Gerencia de Administración de Mercados y Control del Comercio será la encargada de elaborar el padrón fi nal de comerciantes bene fi ciarios, el cual será publicado en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Majes. 2. Los comerciantes bene fi ciarios podrán presentar su solicitud de reubicación dentro del plazo de 10 días hábiles posteriores a la publicación del padrón fi nal. 3. La municipalidad asignará los espacios disponibles en el Mercado zonal o el Mercado Metropolitano conforme a criterios de antigüedad, tipo de rubro y cumplimiento de obligaciones municipales. La Sub Gerencia de Administración de Mercados y Control del Comercio, establecerá un cronograma para la reubicación de los comerciantes, el cual deberá incluir: 1. Presentación de documentos: Los comerciantes interesados deberán presentar su solicitud y documentación en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la publicación del presente decreto. 2. Evaluación de expedientes: La evaluación de los expedientes se realizará en un plazo máximo de 5 días hábiles. 3. Adjudicación de puestos: La adjudicación de puestos se realizará mediante sorteo público, con la participación de la Gerencia de Desarrollo Agropecuario y Empresarial, Subgerencia de Administración de Mercados y Control de Comercio y un miembro de la comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Productivo, en un plazo no mayor a 15 días hábiles posteriores a la evaluación de expedientes. Artículo Sexto.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN O SUBASTAS Queda terminantemente prohibida la cesión, subasta o transferencia de los puestos adjudicados a terceros. Los comerciantes que incumplan esta disposición perderán el derecho al puesto y serán sancionados conforme a las normativas municipales vigentes. Artículo Séptimo.- SANCIONES El incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Decreto dará lugar a la imposición de sanciones administrativas, incluyendo multas equivalentes al 50% de la UIT y la pérdida del derecho preferente para reubicación. Artículo Octavo.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 1. Los bene fi ciarios del presente Decreto de Alcaldía están obligados al estricto cumplimiento de La Ordenanza Municipal N 022-2021-MDM por el cual se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Mercado Metropolitano del distrito de Majes y sus modi fi catorias. 2. La Sub Gerencia de Administración de Mercados y Control del Comercio serán los encargados de implementar y supervisar el cumplimiento del presente Decreto. 3. El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Majes (www.munimajes.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JENRY F. HUISA CALAPUJA Alcalde 2422945-1 Portal de Gestión de Atención al Cliente 915 248 103915 248 103Escanea el código QR pgaconsulta@editoraperu.com.pepgaconsulta@editoraperu.com.pe eeeSZ^S`cO\]^S^UOSimplificando acciones, agilizando procesos SENCILLO Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. RÁPIDO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. SEGURO Trámite validado mediante firma digitaldel responsable de la institución. La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas en El Peruano. Escanea el códódddódigigigigigigigoooooo o oQRRQRQRQRQRQRQRQQ dódódód plificand o accioness s