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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (10/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Domingo 10 de agosto de 2025 El Peruano / Financieras a Municipalidades Distritales de Amotape, Lancones, La Arena y Sondorillo, correspondiendo para la Municipalidad Distrital de Amotape el monto S/ 1, 868, 696.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES) con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados-18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones; y, mediante Informe N° 0241-2025/GRP-410110 de fecha 27 de junio de 2025, la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones - OPMI, emite “OPINIÓN FAVORABLE” respecto a la solicitud de la antes mencionada “Modi fi cación Presupuestal”; Que, con Informe N° 098-2025/GRP-410000 del 30 de junio de 2025, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, otorga “CONFORMIDAD PRESUPUESTAL” para atender la Transferencia Financiera a favor de Los Gobiernos Locales Distritales de Amotape, Lancones, La Arena y Sondorillo, para la ejecución de las inversiones, correspondiendo para el presente caso el Proyecto de Inversión Pública denominado: “MEJORAMIENTO Y PUESTA EN VALOR DEL TEMPLO SAN NICOLAS DE AMOTAPE, PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, CIUDAD DE AMOTAPE DEL DISTRITO DE AMOTAPE - PROVINCIA DE PAITA - DEPARTAMENTO DE PIURA”, con C.U.I N° 2481250, por el monto de S/ 1,868,696.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados-18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones; Que, con Informe N° 1755-2025/GRP-460000 del 03 de julio de 2025, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina, que el trámite de la presente solicitud, se encuentra enmarcado dentro de las denominadas transferencias fi nancieras autorizadas por la Ley N° 32185, “Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025”, cuyo plazo máximo de autorización es hasta el 30 de setiembre de 2025, por lo que debe ser remitida al Consejo Regional para que, en ejercicio de sus atribuciones, considere emitir el Acuerdo de Consejo correspondiente; Que, con fecha 10 de julio de 2025, se suscribió el Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Amotape, para el fi nanciamiento de la ejecución de proyecto de inversión en el marco del sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones (INVIERTE.PE), el mismo que tiene por objeto establecer las obligaciones, responsabilidades, así como las pautas, mecanismos de coordinación, monitoreo, seguimiento, control, y bases, de carácter técnico y legal, para el fi nanciamiento y/o co fi nanciamiento, operatividad y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales EL GOBIERNO REGIONAL trans fi ere a LA MUNICIPALIDAD, de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones, los recursos ascendentes al monto total de S/ 6’228,987.00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES) desagregados en: S/ 1’868,696.00 (Un Millón Ochocientos Sesenta y Ocho Mil Seiscientos Noventa y Seis con 00/100 soles) durante el presente año fi scal 2025; y. S/ 4’360,291.00 (Cuatro Millones Trescientos Sesenta Mil Doscientos Noventa y Uno con 00/100 soles) como previsión presupuestal para el año 2026, para fi nanciar la ejecución física (ejecución de obra, supervisión y liquidación) del Proyecto de Inversión denominado: “MEJORAMIENTO Y PUESTA EN VALOR DEL TEMPLO SAN NICOLAS DE A МOТАРЕ , PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, CIUDAD DE AMOTAPE DEL DISTRITO DE AMOTAPE PROVINCIA DE PAITA DEPARTAMENTO DE PIURA”, con CUI N° 2481250; a cargo de LA MUNICIPALIDAD como unidad ejecutora, correspondiendo a EL GOBIERNO REGIONAL a través de la instancia que se designe realizar la verifi cación y seguimiento de la ejecución del proyecto de inversión hasta su liquidación técnica y fi nanciera; Que, mediante Informe N° 041-2025/CR-GRP- EACCR del 21 de julio de 2025, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional emite opinión favorable al presente expediente, recomendando a la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial proceda con la emisión del Dictamen correspondiente; y con Dictamen N° 12- 2025/GRP-CR-CPPTyAT, del 22 de julio de 2025, de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, se recomienda al Consejo Regional el debate y aprobación de esta propuesta; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 21-2025-CR, celebrada el día 04 de agosto de 2025, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y sus modi fi catorias; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi fi catorias; y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura aprobado por Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, la Transferencia Financiera del Pliego Gobierno Regional Piura a favor del Pliego Municipalidad Distrital de Amotape, correspondiente al presente año fi scal 2025, por el monto de S/ 1, 868,696.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES); para fi nanciar el Proyecto de Inversión Pública (PIP) denominado: “MEJORAMIENTO Y PUESTA EN VALOR DEL TEMPLO SAN NICOLAS DE AMOTAPE, PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, CIUDAD DE AMOTAPE DEL DISTRITO DE AMOTAPE - PROVINCIA DE PAITA - DEPARTAMENTO DE PIURA”, con Código Único de Inversión N° 2481250, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados - 18 Canon y Sobrecanon, regalías, Renta de aduanas y Participaciones. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, de manera previa a efectuarse la transferencia fi nanciera autorizada, disponga a la unidad orgánica que corresponda, veri fi que la capacidad de gestión y cumplimiento de los requisitos señalados en el marco legal vigente por parte de la Municipalidad bene fi ciaria; así como al expreso señalamiento de los mecanismos y cronogramas de monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para la cual se efectuará la transferencia de los recursos, en resguardo de las responsabilidades que le podría corresponder al Gobierno Regional Piura, sin perjuicio de las disposiciones que permitan el control concurrente de la obra a ejecutarse por la Contraloría General de la República, así como las acciones del Órgano de Control Institucional de la Entidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Piura, realizar las acciones administrativas correspondientes que permitan la materialización de lo dispuesto por el Artículo Primero del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura, y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen el monitoreo y seguimiento correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución del proyecto precisado en el Artículo Primero; informando al Consejo Regional, bajo responsabilidad. Además de veri fi car el cumplimiento de las obligaciones de la Municipalidad, señaladas en la Cláusula Cuarta del Convenio suscrito. Artículo Quinto.- Poner de conocimiento el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Municipalidad Distrital de Amotape, a efectos de cumplir con las obligaciones y responsabilidades -entre ellas- la de presentar al Gobierno Regional Piura un informe de Avance Quincenal referido a la ejecución física y fi nanciera, señalando el estado situacional del proyecto. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, disponga a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remita de manera oportuna el expediente respecto al saldo de la transferencia fi nanciera correspondiente a ser aprobado en el mes de enero del año 2026 para la normal continuidad de la ejecución de la obra en mención, bajo responsabilidad.