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23 NORMAS LEGALES Domingo 10 de agosto de 2025 El Peruano / Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modi fi cado por Resolución Administrativa N° 065-2022-FMP/CE/SG, en su artículo 8°.- Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece numeral 8) “Disponer la contratación y remoción del personal de funcionarios, servidores y personal de confi anza, con arreglo a la normativa sobre la materia” entre otros; Que, mediante Resolución Administrativa N° 006-2025-FMP/P del 09 de enero 2025, se designó al señor abogado Cesar PINTADO HARO, en el cargo de confi anza de Jefe de la O fi cina de Contrataciones de la Dirección de Logística del Fuero Militar Policial; Que, el Jefe de la O fi cina de Contrataciones del Fuero Militar Policial abogado Cesar PINTADO HARO, mediante Carta N 001-2025/CPHl presentada el 11 de julio 2025, presento su renuncia al cargo de Con fi anza de Jefe de la Ofi cina de Contrataciones de la Dirección de Logística del Fuero Militar Policial, solicitando exoneración del plazo de 30 días; Que, la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, mediante Carta N° 264-2025-FMP/DE/ RRHH/DIR del 11 de julio 2025, comunica al abogado Cesar PINTADO HARO, que luego de la evaluación efectuada y considerando las necesidades del servicio, no procede autorizar la exoneración del plazo de ley, y su renuncia mantiene su validez y surtirá efecto al vencimiento del plazo de (30) días calendario, es decir a partir del 10 de agosto 2025; Que, el Decreto Legislativo N° 1057 - Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, establece: “Artículo 10.- Extinción del contrato.- El Contrato Administrativo de Servicios se extingue por: c) Renuncia. En este caso, el trabajador debe comunicar por escrito su decisión a la entidad contratante con una anticipación de 30 días naturales previos al cese. Este plazo puede ser exonerado por la autoridad competente de la entidad, por propia iniciativa o a pedido del contratado. En este último caso, el pedido de exoneración se entenderá aceptado si no es rechazado por escrito dentro del tercer día natural de presentado; Que, mediante Memorándum N° 443-2025-FMP/DE del 01 de agosto 2025, el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, en atención a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51° de la Ley N° 29182, remite a la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, el Currículum Vitae documentado de la Magister Guisela Sabina PARDO LOARTE, como candidata para el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Contrataciones de la Dirección de Logística del Fuero Militar Policial; Que, mediante Informe de Cumplimiento N° 012-2025- FMP/DE/DRRHH del 04 de agosto 2025, la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial concluye que de la evaluación curricular realizada, respecto a la formación académica y experiencia de la Magister Guisela Sabina PARDO LOARTE, determina que la profesional en mención cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 31419 y en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Fuero Militar Policial, y no tendría impedimento para la designación como Jefe de la Ofi cina de Contrataciones de la Dirección de Logística del Fuero Militar Policial; Que, el Reglamento de la Ley N° 31419 es aprobada por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM de fecha 18 de mayo de 2022, establece: Artículo 2°, responsabilidades. 2.1. Las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en la entidades públicas, son responsables de veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción. 2.2. Los funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, tiene la obligación de presentar previo a su designación o en el marco de la adecuación al presente reglamento, la información que acredite el cumplimiento de los requisitos para el acceso a dichos cargos o puestos. 2.3. La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), es la responsable de brindar asistencia técnica a las entidades públicas para efectos de la aplicación de la Ley y del presente Reglamento, así como de establecer los criterios técnicos para su correcta aplicación e interpretación y supervisar su adecuado cumplimento;A lo propuesto por el Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial, a lo recomendado por la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, y lo opinado por el Jefe (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial. SE RESUELVE:Artículo 1°.- ACEPTAR la renuncia presentada a partir del 10 de agosto 2025, dando por concluida la designación del señor abogado Cesar PINTADO HARO al cargo de Confi anza de Jefe de la O fi cina de Contrataciones de la Dirección de Logística del Fuero Militar Policial, dando por extinguido el vínculo laboral. Artículo 2°.- DEROGAR la Resolución Administrativa N° 006-2025-FMP/P del 09 de enero 2025 que designó al señor abogado Cesar PINTADO HARO, al cargo de confi anza de Jefe de la O fi cina de Contrataciones de la Dirección de Logística del Fuero Militar Policial. Artículo 3°.- DESIGNAR a la Magíster Guisela Sabina PARDO LOARTE, a partir del 11 de agosto 2025, en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Contrataciones de la Dirección de Logística del Fuero Militar Policial. Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/fmp), en el Portal de Transparencia Estándar, y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese. ARTURO ANTONIO GILES FERRER Presidente del Fuero Militar Policial 2426362-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones a Bolivia, en misión de acompañamiento electoral RESOLUCIÓN N° 000130-2025 -P/JNE Lima, 7 de agosto del 2025 VISTOS: El O fi cio TSE-PRES-UPRI-N°315/2025 del 21 de abril de 2025, del presidente del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia; el Informe N° 000004-2025-OGCRI/JNE del 18 de julio de 2025, de la O fi cina General de Cooperación y Relaciones Internacionales; y el Informe N° 000125-2025-OGAJ/JNE del 5 de agosto de 2025, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:La presidencia del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia, extendió invitación para que el señor presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Mg. Roberto Rolando Burneo Bermejo, o un integrante del Pleno del JNE, participe de las Elecciones Generales 2025 en calidad de acompañante para el día 17 de agosto de 2025. Dicha institución asumirá el boleto aéreo, hospedaje, alimentación y transporte interno; Con la Certi fi cación N° 01969-2025-OGPP/JNE, del 1 de agosto de 2025, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgó certi fi cación de existencia de crédito presupuestario, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el ejercicio fi scal 2025; ascendiendo a un importe total de S/. 314.50 para la contratación del servicio de seguro de salud internacional por viaje del Dr. Aarón Oyarce Yuzzelli para participar de las Elecciones Generales 2025 en Bolivia; Mediante Resolución N° 0125-2025-JNE, publicada el 21 de marzo de 2025 en el diario o fi cial El Peruano,