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47 NORMAS LEGALES Sábado 30 de agosto de 2025 El Peruano / Que, en el literal m), del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02, publicada el 24 de noviembre de 2020 y modi fi cada con Resolución Ministerial N° 0731-2023-MTC/01, publicada el 10 de junio de 2023, establece que dentro de las funciones de la Dirección Ejecutiva, se encuentra la de designar o encargar, según corresponda, al personal de con fi anza de PROVÍAS NACIONAL; así como, encargar las direcciones, o fi cinas y jefaturas de las unidades zonales, en caso de ausencia de su titular, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, con Memorándum N° 886-2025-MTC/20, de 28 de agosto de 2025, la Dirección Ejecutiva solicita a la Ofi cina de Recursos Humanos proceder con la evaluación de un curriculum vitae para la designación en el cargo de confi anza de Jefe de la Unidad Zonal XI Lima del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Informe N° 208-2025-MTC/20.5, de 28 de agosto de 2025, la O fi cina de Recursos Humanos ha veri fi cado el cumplimiento del per fi l del profesional propuesto por la Dirección Ejecutiva, por lo que resulta viable designar al ingeniero Hubert Alejandro Valdivia Oroya, en el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad Zonal XI Lima del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Estando a lo expuesto, es pertinente emitir la resolución respectiva; Con la visación de las O fi cinas de Asesoría Jurídica y de Recursos Humanos, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; En mérito al Decreto Supremo 033-2002-MTC, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019-MTC, Resolución Ministerial N° 0828-2020- MTC/01.02, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 0731-2023-MTC/01; y la Resolución Ministerial N° 563-2025-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del ingeniero CHRISTIAN GUERRA PERALTA, en el puesto de con fi anza de Jefe de la Unidad Zonal XI Lima del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, al ingeniero HUBERT ALEJANDRO VALDIVIA OROYA en el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad Zonal XI Lima del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con efectividad al día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución al ingeniero CHRISTIAN GUERRA PERALTA y al ingeniero HUBERT ALEJANDRO VALDIVIA OROYA y transcribirla a todas las Unidades Funcionales de Administración Interna y de Línea y a las Unidades Funcionales Desconcentradas (Unidades Zonales) del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID FERNANDO MAYORGA LIZARRAGA Director Ejecutivo PROVÍAS NACIONAL 2433561-1VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Director Titular y Director Suplente ante el Directorio de la empresa denominada Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima - Sedapar S.A., propuestos por la Sociedad Civil RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 17-2025- VIVIENDA/VMCS Lima, 29 de agosto de 2025VISTOS:Los O fi cios N° 064-2025/S-3300 y N° 069-2025/S- 3300 de la empresa denominada Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima - Sedapar S.A., la Nota N° 400-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, el Informe N° 611-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, y; CONSIDERANDO:Que, el párrafo 16.1 del artículo 16 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA, dispone que son prestadores regulares de los servicios de agua potable y saneamiento, entre otros, las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas; Que, el artículo 57 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, establece que el Directorio de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal es responsable de la gestión y administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento; Que, el párrafo 58.1 del artículo 58 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal está compuesto por un director, titular y suplente, propuesto por las municipalidades accionistas, a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y, un director, titular y suplente, propuesto por las instituciones de la Sociedad Civil, esto es por asociaciones de usuarios vinculadas a los servicios de agua potable y saneamiento, los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, el artículo 59 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento en concordancia con el artículo 59 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-VIVIENDA, disponen que la designación del director, titular y suplente, propuesto por la Sociedad Civil es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) a través de Resolución del Viceministerio de Construcción y Saneamiento; y, que dicha Resolución tiene mérito sufi ciente para su inscripción en el Registro de Personas