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10 NORMAS LEGALES Domingo 31 de agosto de 2025 El Peruano / Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la Protección Provisional del Sitio arqueológico “La Quinga; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio arqueológico “La Quinga”, ubicado en el distrito de Huancano, provincia de Pisco, departamento de Ica, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo previo sustento. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 032-2025-CSP-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 15 de julio de 2025, así como en el Informe N° 001223-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000191-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-030-MC_DGPA- DSFL-2023 WGS84, los cuales se adjuntan como Anexos a la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA -Paralización y/o cese de la afectaciónx Paralización de la expansión agrícola. - Paralización de la apertura y el uso de las vías carrozables que afectan el sitio arqueológico -Señalización xInstalación de mural de señalización e hitos de delimitación. -Retiro de estructuras temporales; maquinarias, herramientas, elementos y/o Accesorios:xRetiro de residuos sólidos y escombros del lugar, así como aquellas plantas que afectan directamente los recintos arquitectónicos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Huancano, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 032-2025-CSP-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 15 de julio de 2025, así como en el Informe N° 001223-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000191-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC e Informe N° 000313-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-030-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSE ALDAVE SERNA Director GeneralDirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2433142-1 DEFENSA Decreto Supremo que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO Nº 011-2025-DE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 165 de la Constitución Política del Perú prevé que las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea del Perú, teniendo como fi nalidad primordial, garantizar la independencia, soberanía y la integridad territorial de la República; asimismo, el artículo 168 establece que las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, se determina los ámbitos de competencias, las funciones rectoras y especí fi cas, así como la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, formando parte de este el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú, en su calidad de órganos ejecutores; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2005- DE/SG se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Defensa, cuyas modi fi catorias se han realizado a través de Resoluciones Ministeriales Nºs 706-2006-DE/SG, 1270-2007-DE/SG, 1164-2010-DE/SG, 1233-2015-DE/SG, 577-2017-DE/SG, 1916-2017-DE/SG y 0586-2020-DE/SG; Que, a través del Decreto Supremo Nº 022-2005-DE- EP, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ejército del Perú – TUPAE, el mismo que ha sido modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nºs 057-2008-DE-EP, 1164-2010-DE-SG y 353-2018-DE/EP; Que, con Decreto Supremo Nº 013-2011-DE-FAP- EM, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Fuerza Aérea del Perú, el cual ha sido modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 779- 2018-DE/FAP; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-DE, se aprueba la actualización integral del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú (TUPAM – 15001) Edición 2012, el mismo que ha sido modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nºs 570-2014-DE-MGP, 947-2014-DE-MGP y 955-2014-DE- MGP; Que, por medio del Decreto Supremo Nº 015-DE- CCFFAA se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el cual fuera modi fi cado a través de la Resolución Ministerial Nº 803-2018-DE/CCFFAA;