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15 NORMAS LEGALES Domingo 31 de agosto de 2025 El Peruano / inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1252, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI), es el ente rector del SNPMGI y tiene entre sus funciones aprobar las metodologías generales teniendo en cuenta el nivel de complejidad de los proyectos; precisando que son los Sectores quienes elaboran y aprueban las metodologías especí fi cas de acuerdo a sus competencias; Que, el numeral 16 del párrafo 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, y sus modi fi catorias, establece como función de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector aprobar las metodologías especí fi cas para la identi fi cación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación y la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión y fi chas técnicas para la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector, las cuales son aplicables a los tres niveles de gobierno; Que, de otro lado, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la DGPMI, hasta el 31 de diciembre de 2024, a elaborar y aprobar metodologías especí fi cas aplicables a las inversiones en el marco del SNPMGI, previo acuerdo con las OPMI de los Sectores, contando con su opinión favorable; Que, mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1622, Decreto Legislativo que modi fi ca los artículos 3, 4 y 5 del Decreto Legislativo Nº 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica, se dispone ampliar hasta el 31 de agosto de 2025, lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1553; Que, por lo expuesto, la DGPMI, en coordinación con la OPMI del Sector Energía y Minas, ha elaborado la guía metodológica denominada “Guía metodológica para la Formulación y Evaluación de proyectos de inversión de Electri fi cación Rural”, el cual tiene como objetivo brindar orientación a las Unidades Formuladoras responsables del diseño de proyectos de inversión de electri fi cación rural, bajo el marco del SNPMGI, facilitando la correcta identi fi cación, formulación y evaluación de dichos proyectos, garantizando su viabilidad técnica y económica. De esta manera, se busca optimizar el uso de los recursos públicos y promover una toma de decisiones informada y e fi ciente. Dicha Guía cuenta con la opinión favorable de la OPMI del Sector Energía y Minas; Que, mediante correo electrónico de fecha 19 de agosto de 2025, la OPMI del Sector Energía y Minas manifestó su opinión favorable a la “Guía metodológica para la Formulación y Evaluación de proyectos de inversión de Electri fi cación Rural”; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica, y su modi fi catoria; y, el literal c) del artículo 208 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del MEF, aprobado por Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar la “Guía metodológica para la Formulación y Evaluación de proyectos de inversión de Electri fi cación Rural” que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Directoral y su Anexo, se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID GUILLERMO MIRANDA HERRERA Director GeneralDirección General de Programación Multianual de Inversiones 2433584-1 Aprueban la “Guía metodológica para la Formulación y Evaluación de proyectos de inversión de las tipologías de Infraestructura de Riego y Riego Tecnificado” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0014-2025-EF/63.01 Lima, 29 de agosto de 2025 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1252, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI), es el ente rector del SNPMGI y tiene entre sus funciones aprobar las metodologías generales teniendo en cuenta el nivel de complejidad de los proyectos; precisando que son los Sectores quienes elaboran y aprueban las metodologías especí fi cas de acuerdo a sus competencias; Que, el numeral 16 del párrafo 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, y sus modi fi catorias, establece como función de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector, aprobar las metodologías especí fi cas para la identi fi cación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación y la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión y fi chas técnicas para la formulación y evaluación ex ante de los proyectos de inversión que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector, las cuales son aplicables a los tres niveles de gobierno; Que, de otro lado, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la DGPMI, hasta el 31 de diciembre de 2024, a elaborar y aprobar metodologías especí fi cas aplicables a las inversiones en el marco del SNPMGI, previo acuerdo con las OPMI de los Sectores, contando con su opinión favorable; Que, mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1622, Decreto Legislativo que modi fi ca los artículos 3, 4 y 5 del Decreto Legislativo Nº 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica, se dispone ampliar hasta el 31 de agosto de 2025, lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1553;