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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (05/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Viernes 5 de diciembre de 2025 El Peruano / Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, dispone que esta norma es aplicable a: “Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas”; asimismo, en los artículos 10°, 11°, 12°, 13°, 14° y 15° del Decreto Supremo en comento, se establece que los Órganos de las Entidades son: Órganos de la Alta Dirección, Órgano de Control Institucional y de Defensa Jurídica, Órganos de Administración Interna, Órganos de Línea, Órganos Desconcentrados y Otros Órganos; Que, el Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, Decreto Supremo que modi fi ca los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, con la fi nalidad que las entidades públicas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera para responder a las necesidades en bene fi cio de la ciudadanía, estableciendo en el artículo 45º numeral 45.3 “Las entidades que no forman parte del Poder Ejecutivo aprueban su ROF íntegramente de la siguiente manera: (…) b) Los Gobiernos Regionales por Ordenanza Regional”; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, se aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP., y se establecen Orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, y estipula lo siguiente: “SUBCAPÍTULO - I:(…)A. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF): El Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene: • Las competencias y funciones generales, que son aquellas que la ley o norma con rango de ley le asigna a la entidad, provienen de su ley de creación y normas sustantivas • Las funciones especí fi cas, que son aquellas que se derivan de las funciones generales de la entidad y que esta asigna entre sus unidades de organización • El organigrama de la entidad, que es la representación gráfi ca de la estructura orgánica. (…)”;Que, mediante la Ordenanza Regional N° 003-2023- GRA/CR, de fecha 15 de setiembre de 2023, se aprobó el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ancash, que a la fecha se encuentra vigente; Que, posteriormente a la publicación del referido instrumento de gestión, se han emitido normas que exigen a la Entidad, realizar incorporaciones y modi fi caciones en la estructura organizacional y en las funciones especí fi cas en algunos niveles de organización; Que, el inciso 46.1. del artículo 46° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y posteriormente por Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, sobre aprobación o modi fi cación del ROF, señala que se requiere la aprobación o modi fi cación de un ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos: “a) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización. En este supuesto el informe técnico para justi fi car el ROF contiene las secciones 1, 2 y 3 a las que se re fi ere el artículo 47; b) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización. En este supuesto, el informe técnico para justifi car el ROF contiene las secciones 1 y 2 a las que se re fi ere el artículo 47; (…)”. Por lo que, estando dentro de los mencionados supuestos, el sustento se encuentra en el Informe Técnico Sustentatorio emitido por la Sub Gerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, que forma parte del expediente administrativo, la misma que contiene las secciones 1, 2 y 3 a las que se re fi ere el artículo 47º del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba Lineamientos para la Organización del Estado. Que, mediante INFORME N° 00065-2025-GRA/ GRPPAT/SGMDI, de fecha 12 de setiembre del año 2025, la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el expediente de proyecto del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF), conteniendo: a) Proyecto de Ordenanza para la aprobación del ROF; b) Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones; c) Informe Técnico Sustentatorio, que incluye la sección 1 (justi fi cación de la necesidad), sección 2 (análisis de racionalidad) y sección 3 (recursos presupuestales) y anexos. Que, mediante INFORME LEGAL N° 853-2025- GRA/GRAJ, de fecha 20 de octubre de 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica OPINA que: “5.1. (…) resulta VIABLE la aprobación de la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ancash, propuesto por la Sub Gerencia Regional de Modernización y Desarrollo Institucional, el mismo que cuenta con la aprobación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, al haber cumplido con los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM - DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DEL ESTADO, modi fi cado por el DECRETO SUPREMO N° 131-2018- PCM y posteriormente por el DECRETO SUPREMO N° 064-2021-PCM; así como la RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA N° 005-2025-PCM-SGP “Aprueban actualización de la “Directiva N° 002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”; y demás consideraciones expuestas. (…)”; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2025-PCM-SGP, se aprueba la actualización de la “Directiva N° 002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, la que en su artículo 18° precisa que corresponde al Consejo Regional la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones; para cuyo efecto el despacho de Gobernación eleva el expediente administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 17° de la referida Directiva; Que, con el OFICIO N° 627-2025-GRA/GGR, de fecha 20 de octubre de 2025, el Gerente General Regional de Entidad, eleva al Consejo Regional de Ancash, la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ancash, para su tramite correspondiente; en se sentido, el Consejero Delegado, a través del MEMORÁNDUM N° 210-2025-GRA-CR/CD, de fecha 22 de octubre de 2025, remite el referido expediente administrativo a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, para su análisis conforme a sus legales atribuciones; Que, mediante el DICTAMEN N° 010-2025-GRA- CR/COPPAT, de fecha 06 de noviembre de 2025, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, después de realizar el análisis conforme a sus legales atribuciones a la propuesta del proyecto de ordenanza regional en comento, arriban a siete conclusiones, entre ellos, señala: “4.1. Mediante Ordenanza Regional N° 003-2023-GRA/CR, de fecha 15 de setiembre de 2023, se aprobó el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ancash, que a la fecha se encuentra vigente, la misma que presenta algunas inconsistencias que comprometen la efi cacia y e fi ciencia en el cumplimiento de los objetivos misionales que corresponden a nuestra entidad, ya que contiene unidades de organización y articulados que no observan criterios técnico normativos establecidos en la normativa vigente y no cumple con las disposiciones establecidas en los Lineamientos de Organización del Estado, entre ellas, la eliminación de la estructura