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51 NORMAS LEGALES Domingo 7 de diciembre de 2025 El Peruano / públicas de desarrollo e inclusión social, y aprobada mediante una Ordenanza Municipal (Art. 34.1). La Secretaría Técnica de la IAL-DIS recaerá en la Gerencia de Participación Vecinal, recomendando su aprobación ante el concejo municipal; Que, con Informe N° 342-2025-MDLO/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente aprobar la creación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social, a través de un Acuerdo de Concejo, con mayoría legal, conforme al artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 14) del artículo 9º y de los artículos 39º y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N.º 27972 y modi fi catorias, el Concejo Municipal, con el voto unánime y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DE ARTICULACIÓN LOCAL DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL (IAL-DIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS. Artículo Primero.- APROBAR LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DE ARTICULACIÓN LOCAL DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL (IAL-DIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS; como un espacio de coordinación y articulación, responsable de lograr la implementación e fi ciente, e fi caz, efectiva y de calidad de las intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social en el territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros (en concordancia con el Art. 34.1 del D.S N° 012-2024-MIDIS). Artículo Segundo.- FINALIDAD Ser una instancia de articulación local de carácter interinstitucional, que cuente con participación de representantes en el territorio, tales como: gobierno nacional, gobierno regional, sector privado, academia y sociedad civil organizada; para contribuir al logro de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión al 2030, a fi n de cerrar las brechas sociales para la reducción de la pobreza en el distrito de Los Olivos Artículo Tercero.- ESTABLECER la prioridad de atención de los siguientes objetivos prioritarios: 1. Mejorar el desarrollo infantil temprano. 2. Mejorar el desarrollo físico, cognitivo y socioemocional de niñas, niños y adolescentes.3. Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos. 4. Mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores. 5. Mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su inclusión social. Artículo Cuarto.- ESTABLECER las siguientes funciones para la IAL-DIS de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, sin ser limitativas (en concordancia con el Art. 34.1 del D.S. N° 012-2024-MIDIS): 1. Monitorear y reportar a las entidades encargadas de la prestación de las intervenciones públicas priorizadas, la ejecución del registro nominal de mujeres gestantes y niñas, niños y adolescentes, y los problemas identi fi cados tales como inconsistencias, duplicidades, fi ltraciones o exclusiones, entre otros. 2. Monitorear y reportar al MIDIS el seguimiento al funcionamiento y cumplimiento de los acuerdos de la instancia, así como los problemas identi fi cados y las soluciones implementadas. 3. Monitorear y reportar sobre las limitaciones para la operatividad y el adecuado funcionamiento de las Unidades Locales de Empadronamiento (ULE), así como las vinculadas al cierre de brechas de información de hogares de sus jurisdicciones territoriales. 4. Comunicar a los representantes de las entidades encargadas de la provisión de las intervenciones públicas acerca del cumplimiento de los acuerdos asumidos en el marco de la implementación de intervenciones y servicios priorizados según curso de vida, y otros compromisos para el cumplimiento de la Política nacional de desarrollo e inclusión social. 5. Analizar y brindar información a la IAR-DIS Lima Metropolitana sobre el incumplimiento de compromisos del gobierno local o de la entidad pública prestadora del servicio, para la adopción de las medidas correctivas que correspondan. Artículo Quinto.- APROBAR la conformación de la IAL-DIS de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, integrada por: 1. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, quien la preside. 2. Gerencia de Participación Vecinal, en calidad de Secretaría Técnica. 3. Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastre. 4. Presidente de la Comisión de Participación Ciudadana y Programas Sociales, Educación, Cultura, Recreación Deporte y Turismo del Concejo Municipal. 5. Gerente de la Gerencia de Desarrollo Económico.6. Gerencia de Medio Ambiente y Servicios Públicos.7. Un representante de la Subgerencia de Gestión de Servicios de agua potable y saneamiento. 8. Un representante de la Subgerencia Programas Sociales, OMAPED, CIAM, ULE 9. Un representante de la O fi cina de Registro Civil. 10. Un representante de la O fi cina de Salud, Educación, Recreación y Juventud 11. Un representante del Área Técnica Municipal de Agua Potable y Saneamiento. 12. Un representante del Área de Policía Municipal y Seguridad Ciudadana. 13. Un representante del Área Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) 14. Un representante del Área del Programa de Vaso de Leche. 15. Un representante del Programa Nacional Cuna Más. 16. Un representante del Programa Nacional PENSIÓN 65. 17. Un representante del Programa Nacional JUNTOS.18. Un representante del Programa Nacional CONTIGO. 19. Un representante del Programa Nacional de Alimentación Escolar. 20. Un representante de la Red/ Micro Red de Salud. 21. Un representante de los Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo - EESS. 22. Un representante de la UGEL.23. Un representante de las Instituciones Educativas - II.EE. (Nivel Inicial, Primaria, Secundaria, Básica Especial, Básica Alternativa). 24. Un representante del Centro de Emergencia Mujer. 25. Un representante de la Sub Prefectura. 26. Uno o más representantes de la Sociedad Civil.27. Uno o más representantes de Universidad o Instituto. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica, la responsabilidad administrativa y las coordinaciones operativas del funcionamiento de la IAL-DIS; así como, reportar al Gobierno Regional y al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social las acciones y resultados obtenidos de la ejecución de los acuerdos de las sesiones de la instancia (Art. 34.4 del D.S. 012-2024-MIDIS). Artículo Séptimo.- DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES Los representantes señalados en el Artículo Quinto deberán ser designados mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica, la elaboración del Reglamento Interno en un