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47 NORMAS LEGALES Domingo 7 de diciembre de 2025 El Peruano / Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; De conformidad a la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modi fi caciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos – SUNEDU”; Que, doña MILAGROS DENISS ASCANIO ASTETE, solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL EN CONTABILIDAD, por perdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad. Se encuentra asentado en el Tomo N° 035-T, Fojas Nº 121, Registro Nº 1750 y fecha de expedición 15.08.2011, el cual obra en la Unidad de Grados y Títulos de Secretaría General. De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 13 de octubre de 2025. RESUELVE:1º ANULAR el DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL EN TRABAJO SOCIAL, de doña MILAGROS DENISS ASCANIO ASTETE, de fecha primigenio 15.08.2011, por motivo de perdida. 2º OTORGAR el DIPLOMA DE DUPLICADO DE TITULO PROFESIONAL EN CONTABILIDAD, a doña MILAGROS DENISS ASCANIO ASTETE, de acuerdo al siguiente detalle Tomo N° 035-T, Fojas Nº 121, Registro Nº 1750. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y a la Facultad de Contabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AMADOR GODOFREDO VILCATOMA SANCHEZ Rector ROY PEDRO SACAICO PALACIOS Secretario General 2450722-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para participar en evento académico en España UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 3398-2025 -R-UNA Puno, 12 de noviembre del 2025 VISTOS: El OFICIO N° 447-2025-D-FCA-UNA-PUNO (03- 06-2025), cursado por el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias - UNA-PUNO; y, el MEMORANDUM N° 1274-2025-SG-UNA-PUNO (11-11-2025) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje al exterior, del docente, Ph.D. JUAN MARCOS ARO ARO, con fi nes de participación en evento de carácter internacional, con sede en la ciudad de GIRONA - ESPAÑA; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional del Altiplano de Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, conforme prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto - UNA- PUNO (RAU. N° 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Que, a través de OFICIO N° 447-2025-D-FCA-UNA- PUNO, el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, solicita la autorización de viaje al exterior, ciudad de GIRONA - ESPAÑA, del docente Principal a D.E. de la Escuela Profesional de Ingeniería Agroindustrial, Ph.D. JUAN MARCOS ARO ARO, para participar en calidad de PONENTE en el 71° International Congress of Meat Science and Technology, del 03 al 08 de agosto del 2025, con la presentación de 02 temas: “EVALUATION OF FATTY ACIDS, AND SENSORY PROPERTIES OF MEAT (Sus scrofa domestica) PROCESSED BY SOUS VIDE TECHNOLOGY” y “EFFECT OF RED PI TAYA POWDER (Hylocereus Guatemalensis) AS NATURAL ANTIOXIDANT IN ALPACA MEAT SAUSAGE (Vicugna Pacos) PROCESSED BY SOUS VIDE”; acorde con la autorización contenida en la RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 299-2025-D-FCA-UNA-PUNO (30-06-2025); Que, la DIRECTIVA N° 04-2023-VRI-UNA “PATROCINIO, PARA ASISTENCIA A EVENTOS CIENTÍFICOS NACIONALES E INTERNACIONALES”,