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38 NORMAS LEGALES Domingo 7 de diciembre de 2025 El Peruano / sector saneamiento, orientada a alcanzar el acceso y la cobertura universal a los servicios de agua potable y saneamiento en los ámbitos urbano y rural, y tiene como objetivo principal alcanzar el acceso universal, sostenible y de calidad a los servicios de agua potable y saneamiento, y para alcanzar dicho objetivo la Política Nacional de Saneamiento cuenta con seis (6) ejes de política, tales como: i) Acceso de la población a los servicios de saneamiento; ii) Sostenibilidad fi nanciera; iii) Fortalecimiento de los prestadores; iv) Optimización de las soluciones técnicas; v) Articulación de los actores; y, vi) Valoración de los servicios de saneamiento; Que, conforme a los numerales 28.1 y 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM y modi fi catorias (en adelante, Lineamientos de Organización del Estado), los grupos de trabajo sectoriales y multisectoriales son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual dependen; Que, además, el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado dispone que pueden participar en calidad de integrantes del grupo de trabajo representantes de otros poderes del Estado, niveles de gobierno y organismos constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; así como representantes acreditados de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, siempre que su participación se vincule y contribuya al objeto del grupo de trabajo; la resolución ministerial que aprueba la creación de un grupo de trabajo, cuya conformación incluya representantes de más de un sector o que no forman parte del Poder Ejecutivo, contiene un considerando en el que se precisa que se cuenta con el consentimiento de las entidades públicas o privadas representadas en el grupo de trabajo; Que, a través del Memorando N° 752-2025-VIVIENDA/ SG/ODGS, que se sustenta en el Informe N° 024-2025-VIVIENDA/SG/ODGS-ABPZ, la ODGS expone la necesidad de conformar una Mesa Técnica de Trabajo que permita abordar la problemática, técnica, legal, fi nanciera y social que afecta la continuidad de los proyectos en materia de agua potable y saneamiento de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, mediante la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial; Que, en ese sentido, con la Nota N° 615-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, que contiene el Informe N° 866-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de su Dirección de Saneamiento, la DGPRCS sustenta y propone la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del MVCS, denominado “Mesa Técnica de Trabajo para abordar la problemática técnica, legal, fi nanciera y social de los proyectos de agua potable y saneamiento de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao”, que tiene por objeto identi fi car y proponer instrumentos orientados a agilizar la ejecución de los proyectos de agua potable y saneamiento en la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, abordando la problemática técnica, legal, fi nanciera y social que los afecten, a fi n de asegurar su continuidad y contribuir a la reducción del riesgo social, a efectos de atender las demandas sociales vinculadas al acceso a los servicios de agua potable y saneamiento; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, se cuenta con el consentimiento de los integrantes representados en el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del MVCS, cuya creación se propone; Que, con el Memorándum N° 2059-2025-VIVIENDA/ OGPP, la OGPP, en atención a lo señalado en el Informe N° 463-2025-VIVIENDA-OGPP-OPM de su O fi cina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable al proyecto normativo que crea un Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del MVCS, denominado “Mesa Técnica de Trabajo para abordar la problemática técnica, legal, fi nanciera y social de los proyectos de agua potable y saneamiento de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao”; Que, a través del Informe N° 1001-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del MVCS, denominado “Mesa Técnica de Trabajo para abordar la problemática técnica, legal, fi nanciera y social de los proyectos de agua potable y saneamiento de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, y modi fi catoria; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Mesa Técnica de Trabajo para abordar la problemática técnica, legal, fi nanciera y social de los proyectos de agua potable y saneamiento de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao” (en adelante, Grupo de Trabajo). Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto identi fi car y proponer instrumentos orientados a agilizar la ejecución de los proyectos en materia de agua potable y saneamiento en la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, abordando la problemática técnica, legal, fi nanciera y social que los afecten para asegurar su continuidad y contribuir a la reducción del riesgo social, a efectos de atender las demandas sociales vinculadas al acceso a los servicios de agua potable y saneamiento. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo 3.1 El Grupo de Trabajo está conformado por: a) Un (1) representante, titular y alterno, del Despacho Viceministerial de Construcción y Saneamiento, quien lo preside. b) Un (1) representante, titular y alterno, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento. c) Un (1) representante, titular y alterno, de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento. d) Un (1) representante, titular y alterno, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. e) Un (1) representante, titular y alterno, del Programa Agua Segura para Lima y Callao - PASLC. f) Un (1) representante, titular y alterno, del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL. g) Un (1) representante, titular y alterno, del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF. h) Un (1) representante, titular y alterno, de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION. i) Un (1) representante, titular y alterno, de la Autoridad Nacional del Agua - ANA. 3.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones de forma voluntaria y ad honorem. 3.3 El Grupo de Trabajo puede invitar a representantes de otras entidades públicas, así como a especialistas de