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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de diciembre de 2025 El Peruano / al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Junín periodo 2025-2030; Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión Territorial de Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Uso Sostenible de los Recursos Naturales, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal f) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000012-2025-SERNANP y en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Junín, periodo 2025-2030, como documento de plani fi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Nacional de Junín, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp, en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE Presidente Ejecutivo del SERNANP 2468885-1 Aprueban Disposiciones Complementarias para la evaluación de propuestas de creación de Áreas de Conservación Regional RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000149-2025- SERNANP/PE San Isidro, 15 de diciembre del 2025 VISTO: El Informe N° 000720-2025-SERNANP/DDE de fecha 15 de diciembre de 2025 emitido por la Dirección de Desarrollo Estratégico, el Informe N° 000356-2025-SERNANP/OPP de fecha 18 de agosto de 2025 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 000695-2025-SERNANP/OAJ de fecha 15 de diciembre de 2025 elaborado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Institución y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación dela diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) y se constituye en su autoridad técnico-normativa;Que, el literal b) del artículo 3 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas de administración regional, se denominan Áreas de Conservación Regional-ACR. Asimismo, de acuerdo con el artículo 5 del Reglamento de la referida Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, las Áreas de Conservación Regional complementan el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE; Que, el artículo 11 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, señala que los Gobiernos Descentralizados de nivel regional podrán gestionar la tramitación de la creación de un ACR en su jurisdicción, la cual se conformará sobre áreas, que, teniendo una importancia ecológica signi fi cativa, no cali fi can para ser declaradas como áreas del Sistema Nacional. En todo caso, la Autoridad Nacional podrá incorporar al SINANPE aquellas áreas regionales que posean una importancia o trascendencia nacional; Que, el literal d) del artículo 53 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por la Ley N° 27902, establece que es función de los Gobiernos Regionales proponer el establecimiento de ACR; Que, en ese marco mediante Resolución Presidencial N° 200-2021-SERNANP de fecha de publicación del 30 de setiembre de 2021, se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el establecimiento de ACR, que tienen por objetivo establecer los lineamientos para la evaluación de los expedientes presentados ante el SERNANP, como propuesta para el establecimiento de ACR; Que, mediante la Resolución Presidencial N° 000309-2023-SERNANP/J-SGD del 30 de diciembre de 2023, se aprueban los Lineamientos para la Implementación de la Asistencia Técnica a los Gobiernos Regionales, en el marco de la elaboración del Expediente Técnico que sustenta el establecimiento del ACR, con el objetivo de ordenar y estandarizar las pautas y criterios para la asistencia técnica en concordancia con las Disposiciones Complementarias para el establecimiento de Áreas de Conservación Regional, aprobadas por Resolución Presidencial Nº 200-2021- SERNANP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000035-2025-SERNANP/PE se dispuso la publicación del proyecto de las Disposiciones Complementarias para la evaluación de propuestas de establecimiento de Áreas de Conservación Regional y sus anexos así como la Resolución de aprobación en la sede digital del SERNANP, conforme con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; en virtud de la cual se recibieron comentarios y aportes, los cuales, según su pertinencia y análisis fueron incorporados; Que, tal como se desprende de los documentos de los vistos, las Disposiciones Complementarias vigentes requieren de precisiones y modi fi caciones que responden a mejoras y ajustes en atención a la aprobación de reciente documentos normativos, así como la incorporación de anexos, con la fi nalidad de facilitar el trámite para los Gobiernos Regionales así como la evaluación de las solicitudes; asimismo, al contar un grá fi co descriptivo para el desarrollo de las asistencias técnicas en tres etapas, en el cual se incluye los temas a tratarse por cada etapa y que, junto a los criterios de evaluación incluidos en el anexo correspondiente, orienta el desarrollo de las asistencias técnicas, corresponde dejar sin efecto la Resolución Presidencial N° 000309-2023-SERNANP/J- SGD; Con el visado de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con las atribuciones conferidas en los literales d) y r) del artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000012-2025-SERNANP/PE;