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7 NORMAS LEGALES Jueves 25 de diciembre de 2025 El Peruano / validación de la estrategia de intervención territorial con las entidades participantes del Grupo de Trabajo, respecto a la elaboración de la mencionada estrategia de intervención territorial; resulta oportuno la ampliación del periodo de vigencia del referido órgano colegiado hasta el 31 de diciembre de 2026; Que, en ese sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 3 y el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 354-2024- PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 169- 2025-PCM, a fi n de incorporar al Ministerio de Defensa y al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como integrantes del referido Grupo de Trabajo y ampliar su período de vigencia; a fi n de que cumpla con su objeto de creación; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Descentralización, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 354-2024-PCM Modi fi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 354-2024-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 3.- Integrantes 3.1 El Grupo de Trabajo está integrado de la siguiente manera: a) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo preside; b) Un representante del Ministerio de Educación;c) Un representante del Ministerio de Salud; d) Un representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; e) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; f) Un representante del Ministerio del Ambiente; g) Un representante del Ministerio de Defensa; h) Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; i) Un representante del Gobierno Regional de Moquegua; j) Los alcaldes provinciales del departamento de Moquegua; k) Un representante de la Cámara de Comercio e Industria de Moquegua; l) Un representante de la Cámara de Comercio e Industria de Ilo; m) Un representante de la Universidad Nacional de Moquegua.” 3.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo, con excepción del literal j) del numeral precedente, cuentan con un representante alterno.” Artículo 2.- Modi fi cación del artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 354-2024-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 169-2025-PCM Modi fi car el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 354-2024-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 169-2025-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 10.- Período de vigencia e Informe Final El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, en cuyo plazo se presenta un informe fi nal a la Presidencia del Consejo de Ministros.”Artículo 3.- Designación de representantes El Ministerio de Defensa y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento designan a sus representantes, titulares y alternos, mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, creado por la Resolución Ministerial N° 354-2024-PCM, dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERNESTO ALVAREZ MIRANDA Presidente del Consejo de Ministros 2471889-1 Modifican la R.M. N° 315-2021-PCM a fin de ampliar período de vigencia del Grupo de Trabajo denominado “Espacio de diálogo para atender las demandas planteadas por la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2025-PCM Lima, 24 de diciembre de 2025CONSIDERANDOQue, mediante Resolución Ministerial Nº 315-2021- PCM, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Espacio de diálogo para atender las demandas planteadas por la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre la base de la Mesa Técnica de Trabajo entre el Poder Ejecutivo, dirigentes de la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad y autoridades regionales; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto promover el desarrollo territorial de la cuenca del río Moche, del departamento de La Libertad, a partir de asegurar un adecuado proceso de diálogo con objetivos, acciones, cronogramas y resultados, teniendo en cuenta los acuerdos aprobados que obran en las actas de las reuniones sostenidas el 27 de noviembre de 2021, en la ciudad de Lima, y el 01 de diciembre de 2021, en la ciudad de Trujillo, establecidos en base a las demandas planteadas por los dirigentes de la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad y autoridades regionales y locales; Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 315- 2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 111-2022-PCM, N° 217-2022-PCM, N° 320-2022-PCM, N° 124-2023-PCM, N° 320-2023-PCM y N° 377-2024-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025; Que, en dicho contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que, en el marco de las funciones del Grupo de Trabajo, registró un aumento de ocho (8) nuevos compromisos orientados a promover el desarrollo territorial de la cuenca del río Moche, del departamento de La Libertad; los mismos que, adicionados a los que quedaban pendientes de cumplimiento, ascienden a un total de quince (15) compromisos en estado abierto (de tipo actividad y proyecto de inversión pública); por lo que, persiste la necesidad de continuar con las acciones y medidas que coadyuven al cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo, informando públicamente los avances y