Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (25/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 25 de diciembre de 2025 El Peruano / Modifican el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 209-2024-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 362-2025-PCM Lima, 24 de diciembre de 2025CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 209-2024- PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el desarrollo territorial del departamento de Madre de Dios”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto formular un plan de intervención para contribuir al desarrollo del departamento de Madre de Dios; así como, contribuir a la mejora de la respuesta estatal a las necesidades de bienes y servicios de calidad para la población; Que, el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 209-2024-PCM, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 372-2024-PCM, dispone que el Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025; Que, en dicho contexto, la Subsecretaria de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada, unidad orgánica de la Secretaría de Descentralización, informa que el Grupo de Trabajo, en el marco de sus funciones, ha concluido con elaborar una agenda territorial que identi fi que las prioridades del territorio y los resultados que se buscan alcanzar en el corto y el mediano plazo para el desarrollo territorial del departamento de Madre de Dios; no obstante, está pendiente de concluir la formulación y validación del plan de intervención territorial por los miembros del órgano colegiado, el cual forma parte de las funciones asignadas al Grupo de Trabajo y contribuye de manera directa a su objeto; Que, en ese sentido, la referida Subsecretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 209-2024-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 372-2024- PCM, a fi n de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 31 de diciembre de 2026; a efecto de que dicho órgano colegiado cumpla con su objeto de creación, precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Descentralización, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 209-2024-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 372-2024-PCM Modi fi car el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 209-2024-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 372-2024-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 10.- Período de vigencia e Informe Final El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026; vencido el plazo de vigencia, la Secretaría Técnica dispondrá de cuarenta y cinco (45) días calendario, adicionales, para presentar un informe fi nal al titular de la Presidencia del Consejo de Ministros.”Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERNESTO ALVAREZ MIRANDA Presidente del Consejo de Ministros 2471886-1 Modifican la R.M. N° 033-2021-PCM, respecto al período de vigencia del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo encargada de realizar acciones de coordinación para el desarrollo de las cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón del departamento de Loreto” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 363-2025-PCM Lima, 24 de diciembre de 2025 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 033-2021- PCM, se conforma el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo encargada de realizar acciones de coordinación para el desarrollo de las cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón del departamento de Loreto”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto realizar acciones de coordinación para el cumplimiento de los acuerdos que se derivan del Acta de Lima de fecha 10 de marzo de 2015, del Acta de Teniente López de fecha 24 de setiembre de 2015 y del Acta de José Olaya de fecha 05 de noviembre de 2015; orientadas a promover el desarrollo de las comunidades nativas de las cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón del departamento de Loreto; Que, el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 033- 2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 014-2022-PCM, N° 379-2022-PCM, N° 323-2023-PCM y N° 374-2024-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025; Que, en dicho contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que las constantes manifestaciones y movilizaciones sociales, y bloqueos de carreteras realizados por los pobladores y las comunidades indígenas de la zona, han di fi cultado el desarrollo regular de las funciones del Grupo de Trabajo; lo cual ha impactado en el cumplimiento de compromisos. No obstante, el Grupo de Trabajo viene coordinando y gestionando la realización de acciones fi nales con los sectores involucrados que permitan cumplir con los acuerdos derivados del Acta de Lima de fecha 10 de marzo de 2015, del Acta de Teniente López de fecha 24 de setiembre de 2015 y del Acta de José Olaya de fecha 05 de noviembre de 2015; Que, en ese sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 033-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 014- 2022-PCM, N° 379-2022-PCM, N° 323-2023-PCM y N° 374-2024-PCM; a fi n de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 30 de junio de 2026, a efecto que dicho órgano colegiado cumpla con su objeto de creación; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;