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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2025 (18/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 18 de enero de 2025 El Peruano / u) Elaborar y proponer a la O fi cina de Administración y Finanzas, políticas y procedimientos para la gestión de riesgos fi nancieros, incluyendo la identi fi cación, análisis y control de los riesgos de tipo de cambio, tasas de interés, liquidez y crédito. v) Gestionar los recursos fi nancieros de la ANC, incluyendo la programación, ejecución y control de los ingresos y egresos, así como la administración de las cuentas bancarias. w) Elaborar y presentar los informes de gestión fi nanciera a la O fi cina de Administración y Finanzas, con la información relevante sobre la situación económica y fi nanciera de la ANC. x) Cumplir las demás funciones, atribuciones y comisiones que le sean propias o asignadas por la O fi cina de Administración y Finanzas y/o por la Jefatura Nacional en el ámbito de su competencia. Artículo 46 .- Funciones de la O fi cina de Tecnologías de la Información La O fi cina de Tecnologías de la Información tiene las siguientes funciones: a) Formular propuestas de Plan de Gobierno Digital, Plan de Tecnologías de la Información, y Plan de Informática y Telecomunicaciones en concordancia con los objetivos institucionales y necesidades de las unidades de organización de la ANC-MP. (…) u) Formular propuestas de Plan de Gobierno Abierto, para promover una labor publica, transparente e íntegra. Artículo 49.- Funciones de la Unidad de Sistemas La Unidad de Sistemas tiene las siguientes funciones: a) Desarrollar el Plan de Gobierno Digital, el Plan de Tecnologías de la Información y el Plan de Informática y Telecomunicaciones, en concordancia con los objetivos institucionales y necesidades de las diferentes unidades de organización de la ANC-MP. (…) i) Desarrollar el Plan de Gobierno Abierto para promover una labor publica, transparente, participativa e íntegra. Artículo 64.- Funciones de la O fi cina de Comunicación Social e Imagen Institucional La O fi cina de Comunicación Social e Imagen Institucional tiene las siguientes funciones: a) Supervisar las estrategias de comunicación que involucren acciones de prensa, audiovisuales, relaciones públicas, comunicación digital, entre otras. (…) Artículo 69.- Funciones de la Unidad de Prensa y Relaciones Públicas La Unidad de Prensa y Relaciones Públicas tiene las siguientes funciones: a) Organizar y conducir las actividades, eventos institucionales y ceremonias o fi ciales, para publico interno y externo. (…)Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPONER a la O fi cina de Tecnologías de la Información y a la O fi cina de Comunicación Social e Imagen Institucional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, la publicación de la presente resolución, en el portal institucional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (https://www.ancmp.pe), en la misma fecha de su publicación, en el Diario O fi cial El Peruano.Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución al Fiscal de la Nación, Presidencia de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Coordinaciones Nacionales de las fi scalías especializadas, la Gerencia General del Ministerio Público, Jefes de las Autoridades Desconcentrados de Control de la Autoridad Nacional de Control; así como a la O fi cina Central Administrativa, Órganos de Administración Interna y Órganos de Línea de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para los fi nes pertinentes Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANTONIO FERNÁNDEZ JERI Jefe NacionalAutoridad Nacional de Control 2363234-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan duplicado de diploma de título profesional de Ingeniería Químico Industrial de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº 0479-2024-CU-GYT/ UNCP Huancayo, 12 de noviembre de 2024 Visto, el expediente N° 357044-2024, de fecha 28.10.2024, seguido por doña ARACELLY MUÑICO ALFARO, mediante el cual solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE INGENIERA QUIMICO INDUSTRIAL, por pérdida. CONSIDERANDO: De conformidad a los Artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; De conformidad al Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; De conformidad al Congreso a la Resolución Nº 1525- 06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones N° 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior