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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2025 (18/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 18 de enero de 2025 El Peruano / 5) Aprobar las bases y otros documentos de los procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de contrataciones directas, de conformidad con el TUO de la Ley y su Reglamento. 6) Aprobar la reducción de prestaciones adicionales de bienes, servicios y obras, de conformidad con las disposiciones del TUO de la Ley y su Reglamento, previo informe de la Unidad de Asesoría Legal. 7) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual, de conformidad con el TUO de la Ley y su Reglamento. 8) Aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que no impliquen la variación del precio, de conformidad con el TUO de la Ley y su Reglamento, previo informe de la Unidad de Asesoría Legal. 9) Suscribir los contratos con el postor adjudicado con la buena pro y adendas que correspondan, de conformidad con el TUO de la Ley y su Reglamento. 10) Autorizar y suscribir contrataciones complementarias, en el marco del TUO de la Ley y su Reglamento, previo informe de la Unidad de Asesoría Legal. 11) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección, de conformidad con el TUO de la Ley y su Reglamento. 12) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por el TUO de la Ley y su Reglamento. 13) Aprobar las resoluciones de contratos por casos fortuitos o fuerza mayor, por el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable al contratista, así como en otros supuestos previstos en el TUO de la Ley y su Reglamento. 14) Autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad a lo establecido en el numeral 8.7 de la Directiva N° 007-2017- OSCE-CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco”; así como, aprobar el expediente de contratación, de las contrataciones cuyo monto supere los S/ 100,000.00 (Cien Mil con 00/100 soles). 15) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual con proveedor no domiciliado en el país. 16) Designar a los miembros titulares y suplentes del comité encargado de llevar adelante el proceso de contratación con proveedor no domiciliado en el país. 17) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución de obras y de supervisión que se presenten a la Entidad. 18) Aprobar las bases y otros documentos de contratación con proveedor no domiciliado en el país. 19) Suscribir los contratos y adendas por adicionales, reducciones y/o ampliaciones de plazo con proveedor no domiciliado en el país. 20) Resolver contratos suscritos con proveedores no domiciliados en el país. 21) Suscribir y tramitar las comunicaciones sobre la presunta comisión de infracciones, actuaciones y otros actos vinculados a los procedimientos de contratación, que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, previo informe de la Ofi cina de Logística de conformidad con las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y modi fi catorias. 22) Aprobar y suscribir los convenios interinstitucionales para efectuar el encargo de la realización de las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras, en el marco del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y modi fi catorias. 23) Aprobar la cancelación del proceso de contratación con proveedor no domiciliado en el país, previa emisión del Informe Técnico del área usuaria que sustente dicha cancelación y el Informe Legal de la Unidad de Asesoría Legal. 24) Suscribir contratos de bienes y servicios cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), así como su ampliación, resolución y/o modi fi cación de los mismos. 25) Formalizar la relación contractual mediante Orden de Compra y/o Servicios, en las contrataciones derivadas de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, cuando el monto de la contratación no supere los S/ 100,000.00 (Cien Mil con 00/100 soles), asimismo, efectuar las modi fi caciones, resolver las solicitudes de ampliación y la relación contractual derivadas de dicha contratación especial. 26) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestación que soliciten. 27) Ejecutar acciones de fi scalización posterior de los expedientes de contratación presentada en los procedimientos de selección. 28) Resolver total o parcialmente, anular y dejar sin efecto la orden de compra o servicio de aquellas contrataciones correspondientes a monto menores o iguales a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias, en caso de incumplimiento por parte del contratista de entregar el bien o realizar el servicio contratado. 29) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades - CMN y sus modi fi catrorias, en el marco de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 denominada “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, o la que haga sus veces. 30) Autorizar los procesos de estandarización para la contratación de bienes y servicios para el PROCIENCIA. Artículo 2.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales y procedimientos establecidos para cada caso. Artículo 3.- El encargado de la Unidad de Administración deberá informar trimestralmente al Director Ejecutivo de PROCIENCIA respecto de las actuaciones realizadas en virtud de ampliación de la delegaciones dispuestas en el artículo 1° de la presente resolución. Artículo 4.- Notifi car la presente resolución al encargado la Unidad de Administración de PROCIENCIA, así como disponer su publicación en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de Transparencia de PROCIENCIA. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORA BLITCHTEIN WINICKI DE LEVY Directora EjecutivaPrograma Nacional de InvestigaciónCientí fi ca y Estudios Avanzados Prociencia 2362947-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográficas, corre spondientes al mes de diciembre de 2024 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 007-2025- INEI Lima, 17 de enero de 2025 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción;