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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2025 (18/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Sábado 18 de enero de 2025 El Peruano / v) Coordinar con las diferentes unidades orgánicas de la ANC las actividades que le permitan desarrollar el control de los bienes patrimoniales. w) Supervisar y controlar el estado de conservación y mantenimiento de los bienes inmuebles de la ANC, procurando que mantengan o incrementen su valor. x) Efectuar el diagnóstico de la situación técnica y legal de los bienes patrimoniales de la ANC, ejecutando, cuando corresponda, las acciones de saneamiento técnico y legal. y) Proponer a la O fi cina Central Administrativa la disposición fi nal de los bienes patrimoniales de la ANC, de acuerdo con la normativa vigente. z) Gestionar la contratación de pólizas de seguros para los bienes patrimoniales de la ANC, de acuerdo con las necesidades y la disponibilidad presupuestal. aa) Gestionar las altas y bajas de los bienes patrimoniales en el sistema de control patrimonial de la ANC. bb) Codi fi car los bienes patrimoniales de la ANC, de acuerdo con el sistema de codi fi cación establecido. cc) Realizar inventarios periódicos de los bienes patrimoniales de la ANC, incluyendo la veri fi cación física de los mismos. dd) Asesorar a las unidades orgánicas de la ANC en materia de gestión de bienes patrimoniales, incluyendo la interpretación de la normativa vigente. ee) Formular denuncias ante las autoridades competentes por el uso indebido, pérdida o deterioro de los bienes patrimoniales de la ANC. ff ) Realizar inspecciones periódicas a las unidades orgánicas de la ANC para veri fi car el estado de conservación y el uso adecuado de los bienes patrimoniales. gg) Elaborar y proponer políticas y procedimientos para la gestión de riesgos relacionados con los bienes patrimoniales, incluyendo la identi fi cación, análisis y control de riesgos. hh) Elaborar informes periódicos sobre la situación y el estado de los bienes patrimoniales de la ANC, incluyendo indicadores de gestión y recomendaciones para la mejora continua. Artículo 40.- Funciones de la Unidad de Contabilidad La Unidad de Contabilidad tiene las siguientes funciones: (…)g) Orientar, controlar y supervisar las rendiciones de cuenta de las comisiones de servicio, caja chica y otros gastos por encargos de la ANC-MP. h) Mantener relación funcional con la O fi cina de Contabilidad de la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio Público. i) Elaborar los Estados Financieros, Presupuestarios y Complementarios de la Unidad Ejecutora en coordinación con la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) en el Módulo Contable, transmitir vía web y tramitarlos ante la O fi cina General de Finanzas del Ministerio Público. j) Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia. k) Proponer normas y lineamientos, entre otros, que correspondan al ámbito de su competencia. l) Cumplir las demás funciones, atribuciones y comisiones que le sean propias o asignadas por la O fi cina de Administración y Finanzas y/o por la Jefatura Nacional en el ámbito de su competencia. Artículo 42.- Funciones de la Unidad de Tesorería La Unidad de Tesorería tiene las siguientes funciones: a) Realizar el seguimiento del registro administrativo de las transferencias fi nancieras en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias (DyT) en el módulo administrativo del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP). b) Registrar en el Módulo Administrativo del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) la fase del girado y darle seguimiento a la fase del pago de los diversos tipos de operación de la ejecución del gasto de la Unidad Ejecutora. c) Registrar y controlar los ingresos por todo concepto y fuente de fi nanciamiento, que se encuentren bajo la administración de la ANC-MP. d) Organizar, controlar y efectuar el pago de obligaciones y compromisos contraídos con proveedores y otros. e) Realizar el registro, custodia, control, veri fi cación de la autenticidad y recuperación de fondos de garantía, cartas fi anzas y otros títulos valores emitidos a favor de la Unidad Ejecutora, y disponer el trámite de las liquidaciones de estos fondos; así como, las devoluciones de cartas fi anzas según corresponda, de acuerdo a la normatividad vigente. f) Recibir y custodiar la devolución de los fondos por menores gastos y otros correspondientes a las rendiciones de cuenta e implementar medidas de seguridad para el traslado del dinero en efectivo para su reversión al Tesoro Público, de conformidad con la normatividad vigente. g) Realizar la conciliación de los movimientos de las cuentas bancarias; así como, la conciliación de los saldos de las cuentas de enlace de la Unidad Ejecutora. h) Mantener relación funcional con la O fi cina de Tesorería de la O fi cina General de Finanzas del Ministerio Público. i) Monitorear e identi fi car en forma oportuna los riesgos operativos y fi nancieros a los que esté expuesta la ANC-MP, informando al responsable de la misma. j) Veri fi car, en coordinación con la O fi cina de Contabilidad de la O fi cina General de Finanzas del Ministerio Público, las labores de control previo y concurrente de las acciones administrativas y fi nancieras en cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Control. k) Implementar medidas de seguimiento y veri fi cación del estado y uso de los fondos públicos, que comprende arqueos de los fl ujos fi nancieros y/o valores, conciliaciones, y demás acciones que determine el ente rector. l) Implementar la gestión de riesgos fi scales de los recursos públicos en la ANC-MP. m) Supervisar el manejo adecuado de los Fondos de Caja Chica asignados a las Unidades de Organización que pertenecen a la ANC-MP; así como, efectuar la apertura, cierre y arqueos de caja, de conformidad con las normas del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería. n) Consolidar la información para la presentación de impuestos y efectuar el pago de los tributos ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), O fi cina de Normalización Previsional (ONP), Seguro Social de Salud (ESSALUD), Municipalidades y otros dentro de los plazos de fi nidos en el marco de la normativa vigente que correspondan a la ANC-MP. o) Ejecutar las acciones necesarias para la apertura o cancelación de cuentas corrientes bancarias de la ANC-MP; así como, elaborar y proponer el proyecto de Resolución que designa a los responsables titulares y/o suplentes de las cuentas bancarias según el registro realizado en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP). p) Custodiar el archivo de comprobantes de pago que comprende la documentación sustentatoria del gasto. q) Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia. r) Cumplir las demás funciones, atribuciones y comisiones que le sean propias o asignadas por la O fi cina de Administración y Finanzas y/o por la Jefatura Nacional en el ámbito de su competencia. s) Implementar y mantener mecanismos de control que garanticen la custodia y salvaguarda de documentos de valor, tales como chequeras, depósitos bancarios, garantías, títulos valores y otros, asegurando su integridad, con fi dencialidad y disponibilidad. t) Mantener actualizado el registro, veri fi cación y control de las garantías y cartas fi anzas recibidas, reportando oportunamente su vencimiento a la O fi cina de Administración y Finanzas.