Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2025 (21/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Martes 21 de enero de 2025 El Peruano / 4º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Rectoral en el diario o fi cial El Peruano, en el Portal de Transparencia Universitaria (www.unheval. edu.pe), y en la Plataforma GOB.PE (https://www.gob. pe/unheval); por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución. 5º.- DAR A CONOCER esta Resolución a los órganos, unidades orgánicas y unidades funcionales competentes para que procedan conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y archívese.GUILLERMO A. BOCANGEL WEYDERT Rector NINFA Y. TORRES MUNGUIA Secretaria General 2360019-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 148-2025-MP-FN Lima, 20 de enero de 2025VISTO: El ofi cio Nº 00029-2025-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 3 de enero de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. En mérito a la normativa expuesta, con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1246-2022-MP-FN, de fecha 27 de junio de 2022, se nombró a la abogada Vanesa Ivana Gamboa Chávarry como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el 4° Despacho Provincial Penal de la Quinta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María; laborando a la fecha en el referido despacho, según la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770- 2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005- 90-PCM, establece que: “El destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional (…)”. Asimismo, el artículo 85 del referido decreto establece que: “El desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran (…)”.El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 003-93-DNP, Licencias y Permisos, aprobado con la Resolución Directoral Nº 001-93-INAP/DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que: “El destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, (…)”. Mediante el o fi cio de visto, la presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro solicita la no prórroga del nombramiento y designación de la abogada Vanesa Ivana Gamboa Chávarry como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el 4° Despacho Provincial Penal de la Quinta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. En ese contexto, es de mencionar que el Ministerio Público, en atención a sus funciones generales y especí fi cas, ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”; objetivo tal que se orienta a mejorar la celeridad del servicio procesal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis, a su función constitucional como titular de la acción penal, lo cual importa la intervención del fi scal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito; por tanto, partícipe directo de la celeridad procesal. Entonces, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024 y la necesidad de servicio por la elevada carga laboral existente en las fi scalías especializadas en violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar de Lima, previa veri fi cación de los reportes de la carga laboral y producción fi scal -proporcionado de manera periódica por la Ofi cina de Control de Productividad Fiscal- se considera pertinente, previa evaluación de los requisitos que exige la ley y a la normativa expuesta, nombrar a la abogada Vanesa Ivana Gamboa Chávarry como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar; para tal fi n, se deberá dar por concluido el nombramiento y designación señalados en el párrafo segundo de la presente resolución. En ese orden, estando a la necesidad de servicio antes expuesta, se deberá destacar a la abogada Vanesa Ivana Gamboa Chávarry al despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, a partir de la fecha de juramentación hasta el 30 de abril de 2025. Es de precisar, que el nombramiento y designación que se mencionan en el párrafo que anteceden surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo señalado en los considerandos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, que señala las condiciones resolutorias aplicables a los fi scales provisionales; teniendo en consideración, además, que la plaza a ocupar corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Vanesa Ivana Gamboa Chávarry como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal