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22 NORMAS LEGALES Martes 21 de enero de 2025 El Peruano / 2025 según dispone el Artículo Segundo de la citada resolución; Que, mediante Ley N° 32185, publicada el 11 de diciembre de 2024, se aprobó la Ley Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, la sección 3.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, se re fi ere al “Plan Operativo Institucional – POI”, y en ella se describen los principales componentes del POI y se presentan lineamientos para su elaboración, aprobación, consistencia, ejecución, modi fi cación; Que, mediante el Informe de vistos, la Subgerencia de Planes y Presupuesto, informa sobre el proceso llevado a cabo para determinar la Consistencia entre el POI 2025 y el PIA 2025, informando que ha procedido a registrar la citada consistencia en el Aplicativo del Ceplan v.01; obteniendo los reportes del POI 2025 por cada Unidad Ejecutora, formando el documento denominado Plan Operativo Institucional 2025 del Poder Judicial – Consistente con el Presupuesto, recomendando que se continúe el trámite para la aprobación del mismo; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4° del Artículo 76° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modi fi cado por Ley N° 27465; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2025 del Poder Judicial – Consistente con el Presupuesto 2025, el cual comprende la programación de las metas físicas y fi nancieras de los diversos Centros de Costo en los que se estructura el POI acorde con la asignación de presupuesto recibida mediante la Ley N° 32185. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa de Presidencia en el Diario O fi cial El Peruano y encargar al responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe). Artículo Tercero.- La Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto de la Gerencia General del Poder Judicial, a través de su Subgerencia de Planes y Presupuesto, es responsable desde el Pliego de coordinar con las Unidades Ejecutoras y las diversas dependencias administrativas de la institución, para que durante el Ejercicio 2025 se implementen oportunamente las modi fi caciones necesarias en el POI 2025, adecuándolas a las modi fi caciones que se realice en el Presupuesto, modi fi caciones que aprobará en el Aplicativo Ceplan y efectuará el seguimiento y evaluación periódica de la ejecución de este importante documento de gestión institucional, elevando a aprobación de esta Presidencia aquellas modi fi caciones que se re fi eran a metas físicas veri fi cando que correspondan a las políticas y decisiones institucionales. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente del Poder Judicial 2363684-1 Delegan en el Gerente General del Poder Judicial la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático perteneciente al Pliego Poder Judicial, para el año fiscal 2025 Presidencia del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000030-2025 -P-PJ Lima, 13 de enero del 2025VISTO:El O fi cio N° 000050-2025-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial que contiene el Memorando N° 000013-2025-GMPP-GG-PJ que hace suyo el Informe N° 000002-2025-SPP-GMPP-GG-PJ y el Informe N° 000046-2025-GAJ-GG-PJ, con relación al proyecto de resolución administrativa que propone delegar facultades en el Gerente General del Poder Judicial para la aprobación de Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el año fi scal 2025; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del TUO de la Ley N° 28411, “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, norma vigente, señala que son modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal. Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del citado cuerpo normativo, establece que las modi fi caciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular de la Entidad delegar dicha facultad de aprobación a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Que, bajo dicho contexto, a través de la Resolución Administrativa N° 000007-2024-P- PJ, del 8 de enero de 2024, se delegó en el Gerente General del Poder Judicial, la facultad de aprobar las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático perteneciente al Pliego Poder Judicial, sólo para el año fi scal 2024, habiendo quedado sin efecto para el presente año fi scal. Que, asimismo, se propone la presente resolución considerando la carga creciente y la necesidad de atención expeditiva de los actos administrativos de naturaleza presupuestal, los mismos que normalmente están sujetos a plazos y fechas previamente calendarizadas; y lo previsto por el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440 “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público” el cual dispone que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el citado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado. Contando con los vistos de la Gerencia General, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con el numeral 40.2 del artículo 40 del TUO de la Ley N° 28411, “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440 “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público” y el inciso 4 del artículo 76 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el Gerente General del Poder Judicial la facultad de aprobar las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático perteneciente al Pliego Poder Judicial, para el año fi scal 2025. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- El Gerente General del Poder Judicial deberá informar mensualmente y por escrito al Titular del Pliego del Poder Judicial sobre las modi fi caciones presupuestarias que autorice. Artículo Cuarto.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en la página web de la Entidad.