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8 NORMAS LEGALES Martes 28 de enero de 2025 El Peruano / promulgado mediante el Decreto Legislativo Nº 957, se establecen los preceptos generales, las condiciones y el procedimiento de las extradiciones y de los traslados de personas condenadas; Que, los artículos que forman parte del Libro Séptimo de dicho ordenamiento procesal regulan de modo general los procedimientos de extradición y de traslado de personas condenadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, se regulan las normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados; Que, en el marco de sus competencias, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene como una de sus funciones especí fi cas, estudiar y proponer la dación y reforma de la legislación, de conformidad con lo señalado en el literal I) del artículo 7 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante documento de vistos, la Dirección de Cooperación Jurídica Internacional de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa ha señalado que resulta necesario un nuevo reglamento que brinde seguridad jurídica a la actividad funcional que le corresponde a cada una de las autoridades que intervienen en el procedimiento interno de las extradiciones y traslados de personas condenadas; Que, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aproado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, resulta conveniente difundir el proyecto de Reglamento de actuación de las autoridades que participan en los procedimientos de extradición y traslado de personas condenadas, el Decreto Supremo que lo aprobaría y la Exposición de Motivos que lo sustenta, a fi n de permitir que los interesados formulen las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones sobre dicha propuesta; Que, conforme lo establece el literal f) del artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, este Ministerio es competente en materia de coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico; Con el visado del Viceministerio de Justicia; de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa; de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Reglamento de actuación de las autoridades que participan en los procedimientos de extradición y traslado de personas condenadas, el Decreto Supremo que lo aprobaría y la Exposición de Motivos que lo sustenta, en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus). Artículo 2.- Establecer un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fi n de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las personas interesadas. Artículo 3.- Las sugerencias, comentarios o recomendaciones podrán ser presentadas en la Mesa de Partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ubicada en Calle Scipión Llona N° 350, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima; así como, a través de mesa de trámite documentario virtual, cuya dirección web es: https://sgd.minjus.gob.pe/sgd-virtual/public/ciudadano/ciudadanoMain.xhtml. Artículo 4.- Encargar a la Dirección de Cooperación Jurídica Internacional de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten.Artículo 5.- Disponer que la O fi cina General de Tecnologías de Información y la O fi cina General de Imagen y Comunicaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos procedan en el ámbito de sus competencias para la implementación de la medida dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2365563-1 Designan jefa de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación del Programa Nacional de Centros Juveniles RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 19-2025-JUS/ PRONACEJ Lima, 27 de enero de 2025CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de jefe de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación del Programa Nacional de Centros Juveniles; por lo que, resulta necesario designar a la persona que asuma tal cargo; Con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N.º 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N.º 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 053-2022-PCM; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado por Resolución Ministerial N.º 0247-2021-JUS; y, la Resolución Ministerial N.º 0370-2023-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Claudia Fiorella Felix Pacheco en el cargo de con fi anza de jefa de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación del Programa Nacional de Centros Juveniles. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO NIVARDO NAQUIRA CORNEJO Director Ejecutivo Programa Nacional de Centros Juveniles 2365818-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban Clasificación de las Sociedades de Beneficencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 015-2025- MIMP Lima, 25 de enero de 2025VISTOS, el Informe Técnico N° D000108-2024- MIMP-DSB-CGGS de la Dirección de Sociedades de