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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2025 (28/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Martes 28 de enero de 2025 El Peruano / TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Aprueban el otorgamiento de una subvención a favor de la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley Nº 10674 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 016-2025-TR Lima, 27 de enero de 2025 VISTOS: los Informes N° 000002-2025-MTPE/4/11 y N° 000004-2025-MTPE/4/11 de la O fi cina General de Administración; el Memorándum N° 000085-2025-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, la Hoja de Elevación N° 000077-2025- MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, tiene por objeto regular el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que las subvenciones que se otorguen a personas jurídicas, no pertenecientes al Sector Público en los años fi scales correspondientes, deben estar consideradas en el anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público, debiendo contar con el fi nanciamiento respectivo y el informe técnico sustentatorio de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; Que, asimismo, el numeral 71.2 del artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, establece que, mediante Resolución del Titular, los pliegos que otorgan subvenciones a persona jurídicas, deben establecer los mecanismos para la rendición de cuentas, así como para la evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados; Que, la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que a partir del Año Fiscal 2024, las subvenciones otorgadas a favor de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú y, de la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley N° 10674, son atendidas con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; precisando que para su implementación, a partir del Año Fiscal 2025, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debe considerar en su presupuesto institucional, durante la fase de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria respectiva, los recursos necesarios para fi nanciar el otorgamiento de las referidas subvenciones a favor de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú y de la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley N° 10674; Que, el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que las subvenciones y cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2025 por los pliegos presupuestarios están contenidas en los anexos de la ley: “A: Subvenciones para Personas Jurídicas - Año Fiscal 2025”, y “B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2025” entre las que se incluyen las referidas en el numeral 69.3 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Asimismo, señala que los recursos a los que se re fi eren los Anexos A y B asignados en los pliegos presupuestarios, no pueden ser destinados bajo responsabilidad del titular de la entidad, a fi nes distintos a los señalados en el citado numeral; Que, la citada Ley N° 32185, prevé en su Anexo A: “Subvenciones para Personas Jurídicas para el Año Fiscal 2025”, la asignación de una subvención para la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú por un monto total de S/ 1 000 000,00 (Un Millón y 00/100 Soles) y, asimismo, una subvención para la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley N° 10674, por la suma total de S/ 1 033 626,00 (Un Millón Treinta y Tres Mil Seiscientos Veintiséis y 00/100 Soles), a cargo del Pliego Presupuestario 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 204-2024- TR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual incluye el presupuesto para el pago de subvenciones a favor de las referidas cajas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 071-2024- TR se aprueba la Directiva N° 002-2024-MTPE/4/11, “Directiva para la rendición de cuentas y para la evaluación de los resultados alcanzados y bene fi cios generados por las subvenciones sociales otorgadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a personas jurídicas no pertenecientes al Sector Público”, con el objetivo de establecer las disposiciones que regulen la presentación y el control de las rendiciones de cuentas, así como la evaluación de los resultados alcanzados y bene fi cios generados por las subvenciones que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo entrega a favor de personas jurídicas no pertenecientes al Sector Público, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - O fi cina General de Administración; Que, en el sub numeral 5.3.4 del numeral 5.3 de la citada Directiva, se establece que la O fi cina General de Administración propone la Resolución Ministerial que aprueba el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas jurídicas no pertenecientes al Sector Público, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - O fi cina General de Administración, para lo cual debe acompañar el Informe que sustente la entrega de las subvenciones teniendo en cuenta la información que presenten las entidades bene fi ciarias, según los anexos 7 y 9 de la citada Directiva. Asimismo, debe adjuntar la certifi cación de crédito presupuestario que acredite la disponibilidad de recursos de acuerdo al Anexo A de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal correspondiente; Que, asimismo, de acuerdo a lo señalado en el sub numeral 5.3.5 del numeral 5.3 en mención, la O fi cina General de Administración, una vez aprobada la resolución ministerial, realiza la entrega de las subvenciones a favor de las entidades bene fi ciarias en forma mensual, hasta por el monto autorizado; Que, mediante Informe N° 000002-2025-MTPE/4/11, complementado con el Informe N° 000004-2025- MTPE/4/11, la O fi cina General de Administración sustenta la propuesta de resolución ministerial para el otorgamiento de las subvenciones a favor de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú y de la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley N° 10674 en el Año Fiscal 2025, en el marco de lo dispuesto en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y en el Anexo A: “Subvenciones para Personas Jurídicas para el Año Fiscal 2025” de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, teniendo presente lo establecido en la Directiva N° 002-2024-MTPE/4/11; Que, mediante Memorándum N° 000085-2025- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000047-2025-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se brinda opinión favorable en materia presupuestaria al proyecto de resolución ministerial que aprueba el otorgamiento de las subvenciones a favor de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú y de la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley N° 10674 en el Año Fiscal 2025. Asimismo, en el citado informe se señala que se cuenta con las Notas de Certi fi cación de Crédito Presupuestario CCP N° 000004 por el monto de S/ 1 000 000,00 (Un Millón y 00/100 Soles) y CCP N° 000005 por el monto de S/ 1 033 626,00 (Un Millón Treinta y Tres Mil Seiscientos Veintiséis y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, garantizándose