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14 NORMAS LEGALES Martes 28 de enero de 2025 El Peruano / así el fi nanciamiento de las subvenciones materia de la propuesta de resolución ministerial; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante la Hoja de Elevación Nº 000077-2025-MTPE/4/8 hace suyo el Informe Nº 000009-2025-MTPE/4/8-IGF, que contiene la opinión legal favorable sobre la emisión de la resolución ministerial para el otorgamiento de las subvenciones a favor de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú y de la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley 10674; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Directiva N° 002-2024-MTPE/4/11, “Directiva para la rendición de cuentas y para la evaluación de los resultados alcanzados y bene fi cios generados por las subvenciones sociales otorgadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a personas jurídicas no pertenecientes al Sector Público”, aprobada por Resolución Ministerial N° 071-2024-TR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de la subvención a favor de la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley Nº 10674 Aprobar el otorgamiento de una subvención a favor de la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley Nº 10674, hasta por la suma de S/ 1 033 626,00 (Un Millón Treinta y Tres Mil Seiscientos Veintiséis y 00/100 Soles), en el marco de lo establecido en el Anexo A: “Subvenciones para Personas Jurídicas para el Año Fiscal 2025” de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. Artículo 2.- Otorgamiento de la subvención a favor de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú Aprobar el otorgamiento de una subvención a favor de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú, hasta por la suma de S/ 1 000 000,00 (Un Millón y 00/100 Soles), en el marco de lo establecido en el Anexo A: “Subvenciones para Personas Jurídicas para el Año Fiscal 2025” de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. Artículo 3.- Financiamiento Las subvenciones aprobadas mediante los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial se fi nancian con cargo al presupuesto aprobado en el Año Fiscal 2025 del Pliego 012 Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001 - Ministerio de Trabajo - O fi cina General de Administración, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Actividad 5000489 - Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas, Finalidad de Gasto 2.5.2.1.1.99, A Otras Organizaciones.Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son otorgados. Artículo 5.- Mecanismos para la rendición de cuentas y para la evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados Los mecanismos para la rendición de cuentas y para la evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados se ejecutarán conforme a lo previsto en la Directiva N° 002-2024-MTPE/4/11 denominada “Directiva para la rendición de cuentas y para la evaluación de los resultados alcanzados y bene fi cios generados por las subvenciones otorgadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a personas jurídicas no pertenecientes al sector público”, aprobada por Resolución Ministerial N° 071-2024-TR. Artículo 6.- Obligación de informar En cumplimiento de lo dispuesto en numeral 71.5 del artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo deberá informar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cuarenta y cinco (45) días de fi nalizado el Año Fiscal, los resultados alcanzados y el costo bene fi cio de la subvención adicional otorgada mediante los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, a favor de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú y, de la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley N° 10674. Para tal efecto, la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú y, la Caja de Protección y Asistencia Social de la Ley N° 10674, deberán remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la información que les sea solicitada. Artículo 7.- Forma de entrega de las subvenciones La O fi cina General de Administración entrega las subvenciones aprobadas en los artículos 1 y 2 de la presente resolución, de forma mensual durante el año 2025, considerando los requisitos establecidos en la Directiva N° 002-2024-MTPE/4/11. Artículo 8.- Remisión Copia de la presente Resolución Ministerial se remite, dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2365661-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES