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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (04/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Martes 4 de febrero de 2025 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Ordenanza N° 018-2024-MDM.- Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados o no Mot orizados en el distrito de Majes 51Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley N° 31649) MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Ordenanza N° 398-2025-MDC.- Ordenanza que otorga beneficios tributarios para el pago del impuesto predial, arbitrios municipales y multas tributarias en el distrito de Cieneguilla “Amnistía Tributaria Total”, y el Programa de Incentivos del Vecino Puntual de Cieneguilla PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00113-2025-DE Lima, 30 de enero del 2025VISTOS:El O fi cio N° 015-SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 00383-2025-MINDEF/VPD del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; y, el Informe Legal N° 00171-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con O fi cio N° 149/24-ADIDEFEX BRA/PERÚ, el Agregado de Defensa y Militar de Brasil en el Perú hace de conocimiento al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, los cursos que el Ejército de Brasil ofrece al Ejército del Perú, entre ellos una (01) vacante para el “Curso de Formación y Graduación de O fi ciales de la Línea de Enseñanza Militar Bélica”, por el periodo de cuatro (4) años lectivos, a realizarse en la “Academia Militar Das Agulhas Negras (AMAN)”, en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil; Que, a través de la Hoja de Recomendación N° 001/U-8.f.2(b), aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú se designa al Cadete I año Anthony Jhosep LLANCA SALAZAR (titular) y al Cadete I año Cristhian Leonel AREVALO CONTRERAS (suplente) para participar en el “Curso de Formación y Graduación de O fi ciales de la Línea de Enseñanza Militar Bélica”, a realizarse en la “Academia Militar Das Agulhas Negras (AMAN)”, en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil; asimismo se especi fi ca que el mencionado curso inicia el 10 de febrero de 2025 y culmina el 30 de noviembre de 2028, debiendo presentarse el Cadete designado en dicha Academia el 7 de febrero de 2025; Que, a través del Informe Técnico Legal N° 001-2025/ EMCH, la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército del Perú recomienda se autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete I año Anthony Jhosep LLANCA SALAZAR, para que participe en el referido Curso, en el lugar y fechas programadas; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos suscrita por el Director de Educación y Doctrina del Ejército del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete I año Anthony Jhosep LLANCA SALAZAR, para que participe en el “Curso de Formación y Graduación de O fi ciales de la Línea de Enseñanza Militar Bélica”, por cuanto le permitirá intercambiar conocimientos y experiencias que contribuirán signi fi cativamente en su formación militar y profesional, logrando un alto grado de instrucción, con la fi nalidad de desempeñarse e fi cientemente en el servicio de su Institución; Que, mediante Informe Técnico Legal N°001/- 2025/EMCH, el Director de Educación y Doctrina del Ejército del Perú informa que, de acuerdo a las coordinaciones realizadas con la Academia Militar de Agulhas Negras (AMAN) de la República Federativa de Brasil, el Cadete designado saldrá los días sábados, domingos y feriados, días en los cuales solventará sus gastos de alojamiento y alimentación; siendo que, de acuerdo a la fi cha de información adjunta al O fi cio N° 149/24-ADIDEFEX BRA/PERÚ, el Cadete recibirá alojamiento y alimentación durante su formación académica; por lo que, corresponde que, durante los días laborables, se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de Personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior. Asimismo, se debe de considerar el cien por ciento (100%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero por los días sábados, domingos y feriados, a fi n de que el Cadete pueda solventar durante esos días los gastos de transporte local, alimentación y alojamiento, de acuerdo al calendario festivo 2025 de la República Federativa de Brasil anexado al expediente; Que, a través del Dictamen Legal N° 058-2025/OAJE, la Jefatura de la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete I año Anthony Jhosep LLANCA SALAZAR, para que participe en el “Curso de Formación y Graduación de O fi ciales de la Línea de Enseñanza Militar Bélica”, a realizarse en la “Academia Militar Das Agulhas Negras (AMAN)”, en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 7 de febrero de 2025 al 30 de noviembre de 2028, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Director de Educación y Doctrina del Ejército del Perú, los gastos por concepto de pasaje aéreo internacional de ida, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado de ida, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal respectivo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;