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72 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de febrero de 2025 El Peruano / Que, mediante Dictamen N° 01-2025-CEPyP/MDC, la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto recomienda al Pleno del Concejo Municipal, la aprobación del proyecto de Ordenanza que Establece el Pago Mínimo del Impuesto Predial, Calendario Tributario e Incentivo por Pronto Pago, para el Ejercicio Fiscal 2025 en el distrito de Carabayllo. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) de los artículos 9 ° y 40 ° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidad es y modi fi catorias, y con el voto en UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE FIJA EL PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL 2025, CALENDARIO TRIBUTARIO E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO Artículo Primero.- PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL ESTABLECER en 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) el monto del Impuesto Predial mínimo aplicable para el ejercicio 2025. Artículo Segundo.- FECHAS DE VENCIMIENTO Las fechas de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales serán las siguientes: IMPUESTO PREDIAL FECHAS DE PAGO Pago al contado 28 de febrero de 2025 Pago Fraccionado Primera Cuota 28 de febrero de 2025 Segunda Cuota 30 de mayo de 2025 Tercera Cuota 29 de agosto de 2025 Cuarta Cuota 28 de noviembre de 2025 ARBITRIOS MUNICIPALES FECHAS DE PAGO Enero 28 de febrero de 2025 Febrero 28 de febrero de 2025 Marzo 31 de marzo de 2025 Abril 30 de abril de 2025 Mayo 30 de mayo de 2025 Junio 30 de junio de 2025 Julio 31 de julio de 2025 Agosto 29 de agosto de 2025 Septiembre 30 de septiembre de 2025 Octubre 31 de octubre de 2025 Noviembre 28 de noviembre de 2025 Diciembre 31 de diciembre 2025 Artículo Tercero.- INCENTIVOS PARA EL PAGO Los contribuyentes podrán optar para acogerse a los siguientes incentivos: A. PAGO ANUAL AL CONTADO Descuento del 15% al Uso CASA HABITACION y un 10% a los OTROS USOS sobre los Arbitrios Municipales del ejercicio 2025, si cumplen con el pago anual correspondiente a los Arbitrios Municipales del mismo ejercicio, hasta el 28 de febrero de 2025. B. PAGO POR CUOTADescuento del 5% sobre los Arbitrios Municipales del ejercicio 2025, si cumplen con el pago de las cuotas de los arbitrios municipales hasta el 28 de febrero de 2025 (el descuento es sobre el total de las cuotas pagadas). Artículo Cuarto.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACIÓN QUE GENERA EL BENEFICIO. En todas las modalidades de descuento descritas en el Artículo Tercero el incentivo será aplicado por predio.DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Segunda.- PRECISAR que los bene fi cios dispuestos en el artículo tercero de la presente ordenanza no son acumulativos entre sí, ni con otros bene fi cios tributarios que pudieran dictarse. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y sus unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como a la Subgerencia de Imagen Institucional la difusión de su contenido. Cuarta.- Facultar al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso. Quinta.- Encargar a la Secretaria General y Subgerencia de Logística, la publicación de la presente ordenanza, en el diario o fi cial El Peruano; y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Carabayllo(https://web.municarabayllo.gob.pe/normas-legales). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. PABLO MENDOZA CUEVA Alcalde 2365762-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Ordenanza que establece beneficio por pronto pago del impuesto predial y arbitrios municipales del año fiscal 2025, fechas de vencimiento de tributos municipales, regularización predial, beneficio tributario para deudas de años anteriores y que fija el monto mínimo del impuesto predial en el distrito de Pachacámac ORDENANZA MUNICIPAL N° 354-2025-MDP/C Pachacámac, 3 de febrero de 2025EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC VISTOS: en sesión ordinaria de la fecha, el Informe N° 029-2025-MDP/GAT-SGRYR emitido por la Subgerencia de Registro y Recaudación, el Informe N° 010-2025-MDP/ GAT emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 028-2025-MDP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y los memorandos N° 085 y 102-2025-GM/MDP cursados por la Gerencia Municipal, sobre otorgamiento de bene fi cios por pronto pago del impuesto predial y arbitrios municipales del año fi scal 2025, fechas de vencimiento de tributos municipales, regularización predial, bene fi cio tributario para deudas de años anteriores y que fi ja el monto mínimo del impuesto predial; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del título preliminar