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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (05/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de febrero de 2025 El Peruano / en la fi scalía que se menciona en el artículo quinto de la presente resolución. Artículo Tercero .- Dar por concluida la designación del abogado René Humberto Tume Arámbulo, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Morropón; materia de un extremo del artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2987-2023-MP-FN, de fecha 03 de noviembre de 2023; a partir de la toma de posesión de cargo en la fi scalía que se menciona en el artículo sexto de la presente resolución. Artículo Cuarto .- Designar al abogado Roberto Carlos Velasco Pascasio, fi scal provincial titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Piura del Distrito Fiscal de Piura, en la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Piura. Artículo Quinto .- Designar a la abogada Elizabeth Santos León, fi scal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Morropón del Distrito Fiscal de Piura, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Morropón. Artículo Sexto .- Designar al abogado René Humberto Tume Arámbulo, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura. Artículo Séptimo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP- FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, que indica las condiciones resolutorias aplicables a los fi scales provisionales. Artículo Octavo .- Hacer de conocimiento a los abogados Roberto Carlos Velasco Pascasio, Elizabeth Santos León y René Humberto Tume Arámbulo que deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Noveno .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación Nacional de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2368446-2 Designan y nombran fiscales en el Distrito Fiscal de Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 318-2025-MP-FN Lima, 4 de febrero de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 000942-2024-SG/JNJ, de fecha 27 de diciembre de 2024, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1451-2024-JNJ, de fecha 20 de diciembre de 2024, el o fi cio Nº 000087-2025-MP-FN-PJFSCUSCO, de fecha 15 de enero de 2025 e informe Nº 0008-2025-MP-FN-OREF-EDQO, de fecha 21 de enero de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por el abogado Juan Carlos Cortés Carcelén, en ese entonces, secretario general de la Junta Nacional de Justicia, se remite copia de la resolución de vistos en el marco del concurso público para la selección y nombramiento de fi scales adjuntos supremos, fi scales superiores, fi scales adjuntos superiores y fi scales provinciales – Ascenso, de la convocatoria Nº 002-2024-SN-JNJ; por la cual, se nombró al abogado Willy Molina Cuadros, como fi scal provincial de familia de Espinar del Distrito Fiscal de Cusco. Sobre el particular, con fecha 27 de diciembre de 2024, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó título de nombramiento al abogado Willy Molina Cuadros, en el cargo descrito en el párrafo que antecede. Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 415-2021-MP-FN, de fecha 25 de marzo de 2021, se resolvió designar al abogado Willy Molina Cuadros, fi scal adjunto provincial titular civil y familia del Cusco, Distrito Fiscal del Cusco, en la Tercera Fiscalía Provincial de Familia del Cusco. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2690-2023-MP-FN, de fecha 17 de octubre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Walter Belizario Quispe como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, designándolo en la Fiscalía Provincial de Familia de Espinar, con retención de su cargo de carrera; laborando a la fecha de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2941-2023-MP-FN, de fecha 1 de noviembre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Nigel Emerson Pilares Delgado, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándolo en la Fiscalía Provincial Mixta de Acomayo. Es de precisar que a través del o fi cio Nº 000087-2025-MP-FN-PJFSCUSCO, de fecha 15 de enero de 2025, la presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco ha informado que la plaza a ocupar cuenta con registro AIRSHP Nº 000704 y con disponibilidad presupuestal. Por medio de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Asimismo, respecto a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutiva a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”