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11 NORMAS LEGALES Viernes 7 de febrero de 2025 El Peruano / Evaluación y Ejecución Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto de la citada Institución Armada, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con tres (3) días de anticipación; así como, su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio N° 0592/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará en el “5° Ejercicio Naval Multilateral Komodo (MNEK)”, a realizarse en la ciudad de Bali, República de Indonesia, del 15 al 22 de febrero de 2025; así como, autorizar su salida del país el 12 de febrero y su retorno el 24 de febrero de 2025. Asimismo, mediante correo institucional se remite información relacionada al presente viaje al exterior; Que, a través del O fi cio N° 00010-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 033-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 00223-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Corbeta Francisco NEYRA ALVITES, identi fi cado con CIP N° 00010480 y DNI N° 44427290 y del Capitán de Corbeta Fernando Antonio VALDIVIA CHACALTANA, identi fi cado con CIP N° 00008588 y DNI N° 43214581, para que participen en el “5° Ejercicio Naval Multilateral Komodo (MNEK)”, a realizarse en la ciudad de Bali, República de Indonesia, del 15 al 22 de febrero de 2025; así como, autorizar su salida del país el 12 de febrero y su retorno el 24 de febrero de 2025. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Bali (República de Indonesia) - Lima Clase económicaUS$ 3,250.60 x 2 personas US$ 6,501.20 Viáticos: US$ 500.00 x 2 personas x 8 días US$ 8,000.00 Total a pagar: US$ 14,501.20 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Superior comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2369233-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban el Manual de Operaciones del Programa denominado Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - PEBL T RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0039-2025- MIDAGRI Lima, 5 de febrero de 2025VISTOS: El O fi cio Nº 975-2024-MIDAGRI-PEBLT-DE, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca – PEBLT; el Memorando Nº 0011-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, que hace suyo el Informe N° 0001-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización; el O fi cio N° D001343-2024-PCM-SGP de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, que adjunta el informe Nº D000559-2024-PCM-SSAP de la Subsecretaría de Administración Pública; y, el Informe Nº 0114-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, se establece, entre otros, que este Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Programas y Proyectos Especiales son creados, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-87-MIPRE, se crea el Proyecto Especial Lago Titicaca, como órgano adscrito del entonces Instituto Nacional de Desarrollo – INADE; con Decreto Supremo Nº 008-90-RE, es cali fi cado como Proyecto Binacional; asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG se dispuso la fusión del INADE (que incluye a sus Proyectos Especiales) al entonces Ministerio de Agricultura - MINAG, hoy Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI; Que, según lo dispuesto en el artículo 53 y el numeral 55.2 del artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, el Manual de Operaciones – MOP es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza, entre otros, la estructura