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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2025 (11/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 140

140 NORMAS LEGALES Viernes 11 de julio de 2025 El Peruano / de Municipalidades, se establece que, son funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, elaborar y mantener el catastro distrital; así como, disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeración predial, respectivamente; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-89- JUS, “Agilizarán los sistemas Registrales en el Registro de Propiedad Inmueble”, señala que para la inscripción primera de dominio, subdivisión o acumulación de predios urbanos, ubicados en zonas o regiones catastradas, los interesados deberán presentar: - Copia del Plano Catastral emitido por la O fi cina de Catastro Distrital debidamente autenticada por el profesional autorizado para el efecto. - Código Catastral con el que se identi fi ca el lote donde se encuentra el predio materia de inscripción. - Área del Terreno y Área Construida expresadas ambas en metros cuadrados y con aproximación de dos cifras decimales; Que, según los literales h), p) e y) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 005-2006-JUS, “Reglamento de la Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios - Ley Nº 28294” y modi fi catoria, las Entidades Generadoras de Catastro son aquellas que por mandato legal tienen la atribución de generar y mantener el catastro de predios; el Plano Catastral es la representación grá fi ca de uno o más predios, elaborada con las especi fi caciones técnicas establecidas mediante directivas que emita el CNC; y, la Zona Catastrada es un ámbito geográ fi co dentro del territorio nacional, cuyo levantamiento y cartografía catastral está fi nalizada a fi n de ingresar a la Base de Datos Catastrales del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral - SNCP; Que, esta Comuna, a través del Acuerdo de Concejo Nº 090-2012/MSI, de fecha 20 de diciembre de 2012, declara al distrito de San Isidro como Zona Catastrada; declaración que fue aprobada por la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial -SNCP, mediante Resolución Nº 02-2012-SNCP/ST; Que, el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN, dispone en el artículo 91º que la inscripción de la nomenclatura vial se efectúa en mérito a la resolución o al certi fi cado de nomenclatura expedidos por la municipalidad distrital respectiva; Que, el numeral 40.1 del artículo 40º, del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala: Los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos; Que, de acuerdo a los literales c), o) y q) del artículo 76º del Texto Integrado de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado por la Ordenanza Nº 617-MSI, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro tiene las competencias para emitir y otorgar planos establecidos en el TUPA institucional; registrar la nomenclatura vial, de urbanizaciones y áreas de recreación pública; así como, proponer ordenanzas, directivas, procedimientos y otros que voluntariamente implemente la Municipalidad, respectivamente; Que, en el marco de la emisión del Acuerdo de Concejo Nº 370 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que rati fi ca los derechos de trámite de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de la Municipalidad de San Isidro, contemplados en la Ordenanza Nº 603-MSI, Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de San Isidro, ambos publicados el 06 de diciembre de 2024, en el Diario O fi cial “El Peruano”, el SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del O fi cio Nº D000033-2024-SAT-GAJ, traslada las observaciones formuladas a los procedimientos administrativos de: “Emisión de plano catastral para acumulación, subdivisión e inmatriculación de un predio ante la SUNARP” y “Certi fi cado de nomenclatura de vía” a cargo de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, precisando que los procedimientos administrativos contemplados en el TUPA, deben cumplir con lo dispuesto por el numeral 40.1 del artículo 40º del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, esto es, regular dichos procedimientos en una norma distrital; Que, mediante Memorando Nº 201-2025-12.0.0- GDUE/MSI, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, considerando los alcances del Informe Nº 177-2025-12.1.0-SPUC-GDUE/MSI de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, remite el proyecto de Ordenanza que regula los procedimientos de Emisión de plano catastral para acumulación, subdivisión o inmatriculación de un predio ante la SUNARP y Certi fi cado de nomenclatura de vía a cargo de la mencionada Subgerencia; Que, mediante Informe Nº 157-2025-05.2.0-SDC- GPPDC/MSI, la Subgerencia de Desarrollo Corporativo emite opinión favorable sobre la mencionada propuesta de Ordenanza, formulando algunas recomendaciones en lo que respecta a los procedimientos de Emisión de plano catastral para acumulación, subdivisión o inmatriculación de un predio ante la SUNARP y Certi fi cado de nomenclatura de vía; Que, mediante Informe Nº D000019-2025-12.1.0- SPUC/MSI, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, considerando los alcances de los Informes Nº 0140-2025-DCM-SPUC-GDUE/MSI y Nº 040-2025-YRC- SPUC-GDUE/MSI, que señalan que resultan viables las recomendaciones formuladas por la Subgerencia de Desarrollo Corporativo, remite a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico el proyecto de Ordenanza que regula los procedimientos de Emisión de plano catastral para acumulación, subdivisión o inmatriculación de un predio ante la SUNARP y Certi fi cado de nomenclatura de vía, en el distrito de San Isidro; Que, mediante Informe Nº D000016-2025-12.0.0- GDUE/MSI, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, considerando los alcances del Informe Nº D000019-2025-12.1.0-SPUC/MSI y del Informe Nº D000034-2025-12.1.0-SPUC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, remite a la Gerencia Municipal todos los actuados respecto del proyecto de Ordenanza que regula los procedimientos de Emisión de plano catastral para acumulación, subdivisión o inmatriculación de un predio ante la SUNARP y Certi fi cado de nomenclatura de vía, en el distrito de San Isidro; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº D000070-2025-04.0.0-GAJ/MSI; Que, la Gerencia Municipal mediante Proveído Nº 001671-2025-02.0.0-GM/MSI remitió los actuados a la Secretaría General para poner en conocimiento de las Comisiones de Regidores respectivas; Que, con Dictamen Nº 027-2025-CAJLI, de fecha 27 de junio de 2025, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática emitió opinión FAVORABLE al proyecto de Ordenanza; Que, con Dictamen Nº 006-2025-CDUEAIPSM, de fecha 27 de junio de 2025, la Comisión de Desarrollo Urbano, Económico y Ambiental, Inversiones Públicas y Servicios Municipales emitió opinión FAVORABLE al proyecto de Ordenanza; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y modi fi catorias, el Concejo Municipal, por MAYORÍA y con la dispensa del trámite de comisiones, lectura y aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE EMISIÓN DE PLANO CATASTRAL PARA ACUMULACIÓN, SUBDIVISIÓN O INMATRICULACIÓN DE UN PREDIO ANTE LA SUNARP Y CERTIFICADO DE NOMENCLATURA DE VÍA EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo 1.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene por objetivo regular los procedimientos administrativos, requisitos, competencias