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137 NORMAS LEGALES Viernes 11 de julio de 2025 El Peruano / en el artículo 65° del Reglamento Interno del Consejo Regional. Artículo Quinto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Sexto.- AUTORIZAR la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, ENCÁRGUESE al funcionario responsable de la Ofi cina de la Secretaría del Consejo Regional Amazonas, realizar los trámites administrativos necesarios para su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y disponer su inclusión del anexo en la página web del Gobierno Regional Amazonas (www.gob.pe/regionamazonas), previa promulgación. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 27 días del mes de mayo del año 2025 RICARDO W. GONZALES SALAZAR Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 30 días de mayo de 2025 GILMER WILSON HORNA CORRALES Gobernador Regional de Amazonas 2405698-1 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Declaran de interés regional que el Gobierno Regional implemente cafeterías al paso, en todas sus dependencias, en coordinación con la Mesa Técnica del Café de la región Ayacucho, con el objeto de promover, difundir e incentivar el consumo del café y sus derivado CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2025-GRA/CR Ayacucho, 13 de mayo de 2025EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril de 2025, trató y deliberó el Dictamen Nº 001-2025-GRA/ CR-CPPCYT: Declarar de Interés Regional, para que el Gobierno Regional de Ayacucho implemente cafeterías al paso, en todas sus dependencias: Sede, O fi cinas Descentralizadas, Direcciones y O fi cinas Regionales, Ofi cinas Subregionales, etc., en espacios o ambientes adecuados de acuerdo a disponibilidad y posibilidad, en coordinación con la Mesa Técnica del Café de la región Ayacucho, con el objeto de promover, difundir e incentivar el consumo del café y sus derivados; presentado por la comisión permanente de Producción; y CONSIDERANDO:Que, conforme establece el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley Nº 27867, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, y conforme al literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el literal a) del artículo 37º del mismo cuerpo legal que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales; Que, el artículo 6º de Ley Nº 27867, dispone que el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográ fi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, el literal g) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Gobiernos Regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Dichas competencias deben guardar relación entre las políticas nacionales; asimismo el artículo 55° del cuerpo legal acotado, establece atribuciones en materia de comercio exterior; Que, el Objetivo estratégico 6 del Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC Ayacucho 2024-2034 y del Plan Estratégico Institucional PEI 2020-2026, establece “Mejorar los niveles de competitividad de los agentes económicos del departamento”, en este contexto legal, la Dirección de Comercio Exterior, alinea su misión a estos planes; Que, el Plan Estratégico Regional Exportador – PERX Ayacucho 2025, establece los siguientes objetivos y pilares de desarrollo, alineadas al Plan Estratégico Nacional Exportador, al PDRC 2024-2034 y al PEI 2020-2026 del GORE Ayacucho. Objetivos Estratégicos: (i) Profundizar la internacionalización de empresas; (ii) Incrementar de manera sostenible y diversi fi cada las exportaciones de bienes y servicios con valor agregado; y (iii) Mejorar la competitividad del sector exportador. PERX Ayacucho 2025 de fi ne cuatro pilares que incluyen líneas de acción y proyectos: Pilar 1: Internacionalización de la empresa y diversi fi cación de mercados. Pilar 2: Oferta exportable diversi fi cada, competitiva y sostenible. Pilar 3: Facilitación del comercio exterior y e fi ciencia de la cadena logística internacional. Pilar 4: Generación de capacidades para la internacionalización y consolidación de una cultura exportadora; Que, mediante el O fi cio N° 236-2025-GRA/GR.GG, la Gerencia General del Gobierno Regional de Ayacucho eleva al Consejo Regional la propuesta de implementación de cafeterías en el GORE Ayacucho, adjunta el Informe Técnico N° 03-2025-GRA/DIRCETUR-DR-DCE, de fecha 13 de febrero de 2025, de la Dirección de Comercio Exterior, recomienda la necesidad de promulgar una Ordenanza Regional, declarando de interés regional la implementación de cafeterías en todas las dependencias del Gobierno Regional. Opinión Legal N° 005-2025-GRA/FPP, de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite la recomendación que resulta viable la implementación de cafeterías en espacios adecuados para su exposición y venta en las diferentes dependencias de la institución regional con la fi nalidad de promover e incentivar su consumo la misma que debe concretarse mediante una