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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2025 (13/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 38

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Domingo 13 de julio de 2025 El Peruano / Desarrollo Agrario y Riego, establece que este Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, establece que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA) es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso al mercado nacional e internacional, así como promover la oferta de productos agrícolas a nivel nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva y la sostenibilidad de los sistemas de producción agrícola en concordancia con la normativa vigente y en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia; Que, mediante el Memorando Nº 745-2025-MIDAGRI- DVDAFIR-DGDAA, la DGDAA remite al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego el Informe Técnico Nº 034-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA/JMQB, en el que se destaca que la gastronomía complementa las estrategias de promoción de insumos agrícolas; Que, el referido informe técnico señala también que la Sopa Seca, Sopa Chola y Sopa Bruta son platos emblemáticos y de consumo masivo a nivel regional cuyos ingredientes mayoritarios son: ají panca, zanahoria, tomate, ajos, cebolla, apio, poro, albahaca, laurel y se acompaña con diferentes carnes y fi deos, por lo que, la propuesta de la Asociación de Hoteles, Restaurantes y A fi nes de Cañete (AHORA – CAÑETE), para conmemorar el 4 de agosto de cada año como el Dia Nacional de la Sopa Seca, Sopa Chola y Sopa Bruta promovería el consumo de productos agropecuarios de la agricultura familiar; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 0886-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, señala que corresponde se expida una Resolución Ministerial a través de la cual se disponga se declare el 4 de agosto de cada año como el Dia Nacional de la Sopa Seca, Sopa Chola y Sopa Bruta para promover el consumo de productos agropecuarios de la agricultura familiar y fomentar el patrimonio gastronómico, impulsando el turismo y fortaleciendo nuestra identidad nacional, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, la Sopa Seca es elaborada con base en los siguientes ingredientes: yuca, ají panca, maní, cebolla, ajo, albahaca, perejil, entre otros, incluyendo carnes de pollo y chancho, promoviendo a la vez la continuidad de la oferta en cantidad y calidad de los sistemas de producción de estos importantes cultivos y crianzas de la agricultura familiar; es un plato peruano, resultado gastronómico de un cruce multicultural que se dio en nuestro país durante el Virreinato (con migrantes de Europa, África y Asia); Que, la Sopa Chola es una variante de la Sopa Seca y mayormente se prepara dentro de la localidad de Lunahuaná, en la provincia de Cañete, es elaborada con diversos ingredientes, de los cuales la proteína se puede escoger al gusto de los pobladores o turistas que puede ser pollo, gallina, pavo, pichones de paloma; el aderezo se prepara a base de ají rojo, como ingrediente principal, ajos, cebolla, zanahoria, albahaca, perejil y tomate, que son molidos en batán, una copa de vino tinto; también se agrega fi deos, membrillo y manzana, es preparada en olla de barro y fuego a base de leña; Que, la Sopa Bruta es un plato que se prepara mayormente en la localidad de Mala, provincia de Cañete, los ingredientes de esta preparación son: ají panca, zanahoria rallada, tomates, ajos, cebolla, apio, poro, albahaca, laurel y se acompaña con carne de res y fi deos; Que, la Sopa Seca, Sopa Chola y Sopa Bruta son platos muy representativos, tienen sus raíces en la independencia, con in fl uencias incaicas, italianas y asiáticas y la adaptación afroperuana en las regiones de Cañete y Chincha, para su preparación se utilizan muchas especias locales que les dan un sabor exquisito, siendo de consumo masivo a nivel regional pues representan una parte importante de la identidad histórica y gastronómica de esas zonas de nuestro país;Que, teniendo en cuenta lo señalado, la ejecución de acciones de apoyo y promoción de la demanda de estos insumos agropecuarios tradicionales, permitirá la mejora de la cadena productiva en bene fi cio de los productores agrarios y articular la gastronomía nacional con la oferta de la agricultura familiar; asimismo, la declaración del día 4 de agosto de cada año como el Día Nacional de la Sopa Seca, Sopa Chola y Sopa Bruta, promoverá el consumo de dichos insumos agropecuarios, fortaleciendo además la identidad regional y nacional, la conservación del patrimonio gastronómico, el impulso del turismo y la conservación de la tradición culinaria que se viene transmitiendo de generación en generación; Que, el literal c) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, prescribe que es función del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, entre otras, el refrendar y emitir los dispositivos legales que la legislación establezca y toda norma de carácter general del Sector; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; del Director General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero; y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acciones de apoyo y promoción productiva Se dispone la ejecución de acciones de apoyo y promoción de la demanda de insumos agropecuarios tradicionales, articulando la gastronomía nacional con la oferta de la agricultura familiar. Artìculo 2.- Declaración del Día Nacional de la Sopa Seca, Sopa Chola y Sopa Bruta Se declara el 4 de agosto de cada año como el Dia Nacional de la Sopa Seca, Sopa Chola y Sopa Bruta, por los fundamentos expresados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2418859-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura del FONCODES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 000116-2025- MIDIS/FONCODES/DE San Isidro, 11 de julio del 2025VISTOS: Los Informes N°(s) 000296-2025-MIDIS/FONCODES/ URH y 000297-2025-MIDIS/FONCODES/URH de la Unidad de Recursos Humanos, los Informes N°(s)