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14 NORMAS LEGALES Domingo 13 de julio de 2025 El Peruano / ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área afectada del bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN PARA LA EXPROPIACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DE UN (01) INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “RED VIAL Nº 5: TRAMO ANCÓN – HUACHO – PATIVILCA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE” NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOS IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES CLORINDA SOTO GARCIA ARTURO CHILET SOTO CODIGO: RV5-150812-R-012 AREA AFECTADA : 223.75 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 24 697,50LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: • Por el Norte: Colinda con la partida electrónica P18023039, con una longitud de 17.01 m.• Por el Sur: Colinda con canal de regadío, con una longitud de 10.61 m.• Por el Este: Colinda con camino carrozable, con una longitud de 13.60 m.• Por el Oeste: Colinda con propiedad inscrita en la partida electrónica P18012583, con una longitud de 20.88 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 0.95 216312.8555 8780273.94552 2-3 16.06 216313.4709 8780274.67083 3-4 13.60 216329.3644 8780276.96334 4-5 10.61 216335.7316 8780264.94125 5-1 20.88 216327.1441 8780258.7175 Partida Registral Nº: P18023039 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral de Huacho. Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 27 de febrero de 2025 (Informe Técnico Nº 005428-2025-Z.R Nº IX/ UREG/CAT) de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral de Huacho. Informe de Verificador Catastral Nº: 007-2025-SPCA, de fecha 20 de marzo de 2025, suscrito por el verificador catastral. 2418846-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera para financiar actividad a favor de la Municipalidad Distrital de Huamanquiquia RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000131-2025-DV-PE Mira fl ores, 11 de julio del 2025 VISTO: El Memorando Nº 001875-2025-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo Nº 1 que detalla la Actividad, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 13.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 13.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe Nº 000054-2025-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de