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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2025 (13/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 38

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 13 de julio de 2025 El Peruano / Con fecha 22 de enero de 2025, se publicó en el diario ofi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 009-2025- EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, por lo que las referidas normas entran en vigencia a partir del 22 de abril de 2025; Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, dispone que a partir de la vigencia de la referida ley se deroga la Ley Nº 30225, Ley Contrataciones del Estado; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000066-2025-DV-PE del 28 de abril de 2025, se modi fi có la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000222-2024-DV-PE, en lo que respecta a la delegación de facultades efectuadas en materia de contrataciones públicas a la Gerencia General, O fi cina General de Administración y Unidad de Abastecimiento, dentro del marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento; Que, mediante informe de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a fi n que se precise el artículo 5 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000066-2025-DV-PE en referencia a la vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000222-2024-DV-PE respecto de las contrataciones convocadas bajo la vigencia de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1.- MODIFICAR el artículo 5 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000066-2025-DV-PE del 28 de abril de 2025, que modi fi có la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000222-2024-DV-PE, de acuerdo al siguiente detalle: Dice:“Artículo 5.- DISPONER que la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000222-2024-DV-PE de fecha 31 de diciembre de 2024, mantenga plena vigencia en todos los extremos que no han sido modi fi cados expresamente por la presente Resolución”. Debe decir: “Artículo 5.- PRECISAR que la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000222-2024-DV-PE de fecha 31 de diciembre de 2024, mantiene plena vigencia respecto de las contrataciones convocadas bajo la vigencia de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, así como en todos los extremos que no han sido modi fi cados expresamente por la presente Resolución”. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” así como en el Portal Institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA (www.gob.pe/devida). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA Presidente Ejecutivo 2418870-1INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERÚ Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 000048-2025- IRTP-JE Lima, 11 de julio del 2025 VISTOS: El O fi cio Nº 000267-2025-CG/GRECE de la Contraloría General de la Republica, los Memorandos Nros 001542 y 001587-2025-IRTP-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y los Informes Nros. 000254 y 000265-2025-IRTP-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000101-2024-IRTP-PE, de fecha 26 de diciembre de 2024, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al año fi scal 2025 del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, por la suma de S/ 112 268 787, 00 (Ciento doce millones doscientos sesenta y ocho mil setecientos ochenta y siete y 00/100 soles); Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000005-2025-IRTP-PE, de fecha 29 de enero de 2025, se aprobó la desagregación de los recursos autorizados mediante Decreto Supremo Nº 010-2025-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas a favor Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, hasta por el monto de S/ 169 200, 00 (Ciento sesenta y nueve mil doscientos y 00/100 soles), recursos destinados para fi nanciar el costo del otorgamiento del bono excepcional y por única vez de S/ 200, 00 (Doscientos y 00/100 soles) con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo dispuesto en el inciso 1 del numeral 30.5 del artículo 30 de la Ley Nº 32185, incrementándose el presupuesto institucional por la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios” al monto de S/ 112 437 987,00 (Ciento doce millones cuatrocientos treinta y siete mil novecientos ochenta y siete 00/100 Soles); Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto olas que hagan sus veces en el pliego; precisando que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución de titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, en el marco de lo dispuesto en el precitado texto normativo, mediante la Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG se aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;