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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2025 (13/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 38

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Domingo 13 de julio de 2025 El Peruano / determinadas facultades y atribuciones para la emisión e implementación de actos y/o actuaciones que no sean privativas del Titular de la entidad, en materia de contrataciones públicas, bajo el alcance de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, en la Coordinación Ejecutiva de la O fi cina Zonal de San Francisco - Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”; Con el visado de la Gerencia General, de la Coordinación Ejecutiva y de la Unidad de Asesoría Jurídica de la O fi cina Zonal de San Francisco - Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF; el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM y el Manual de Operaciones de la O fi cina Zonal de San Francisco -Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible VRAEM”, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 043-2019-DV-PE y modi fi cado por Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 131-2019-DV-PE y Nº 000037-2023-DV-PE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR el numeral 1.2 “En materia de Contrataciones del Estado” del artículo 1º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000221-2024-DVPE de fecha 30 de diciembre de 2024, mediante el cual se delegó facultades en la Coordinación Ejecutiva de la Ofi cina Zonal de San Francisco - Unidad Ejecutora 006- 1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, en el ámbito de su intervención geográ fi ca, quedando redactado de la siguiente manera: “1.2 En materia de Contrataciones Públicas: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modi fi caciones, en el marco de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, así como lo regulado por el Título IV de la Directiva Nº 0007-2025-EF/54.01. b) Resolver los recursos de apelación interpuestos en las compras por encargo. c) Aprobar la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley Nº 32069. d) Aprobar el desistimiento de participación en una compra corporativa facultativa, previo sustento técnico y legal. e) Solicitar el inicio de la compra centralizada, en calidad de entidad encargante, de acuerdo a lo señalado en el artículo 231 del Reglamento de la Ley Nº 32069. f) Suscribir los convenios o actas que formalicen la compra centralizada, de acuerdo a lo señalado en el artículo 231 del Reglamento de la Ley Nº 32069. g) Solicitar a Perú Compras, que se considere a la entidad en una compra centralizada en conjunto con las entidades contratantes afectadas mediante emergencias nivel 4 y 5.” Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO, el numeral 2.1 “En materia de Contrataciones del Estado” del artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000221-2024-DVPE de fecha 30 de diciembre de 2024, mediante el cual se delegó facultades en el/la Jefe/a de la Unidad de Administración de la O fi cina Zonal de San Francisco - Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”. Artículo 3.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente Resolución rige a partir de la vigencia de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento y comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 4.- PRECISAR que la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000221-2024-DV-PE de fecha 30 de diciembre de 2024, mantiene plena vigencia respecto de las contrataciones convocadas bajo la vigencia de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, así como en todos los extremos que no han sido modi fi cados expresamente por la presente Resolución. Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el portal institucional de la Entidad (www.gob.pe/devida). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA Presidente Ejecutivo 2418869-1 Modifican la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000066-2025-DV-PE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000139-2025-DV-PE Mira fl ores, 11 de julio del 2025 VISTO: El Informe Nº 000325-2025-DV-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 824 y modi fi cada por las Leyes Nº 27629, Nº 28003 y Decreto Legislativo Nº 1241 modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 1592, se determinaron la naturaleza jurídica y las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, el mismo que determina y regula las competencias, funciones y estructura orgánica de la Institución; Que, el artículo 9 del citado Reglamento dispone que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva, estableciendo que el/la Presidente/a Ejecutivo/a es el/la Titular del Pliego y ejerce funciones ejecutivas y de representación institucional de la Entidad; Que, el literal a) del artículo 10 del mismo Reglamento indica que es función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva, conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, de fi niendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la entidad y representarla en la fi rma de todos los compromisos institucionales, pudiendo delegar esta atribución; mientras que el literal r) del antedicho artículo también establece como función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva el emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a la conducción de la Entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000222-2024-DV-PE de fecha 31 de diciembre de 2024, se delegó diversas facultades en la Gerencia General, la O fi cina General de Administración, la Unidad de Abastecimiento, la Unidad de Recursos Humanos, la Dirección de Articulación Territorial, y en las O fi cinas Zonales de DEVIDA para el año 2025; Que, por su parte, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que la referida ley, entra en vigor a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento.