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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2025 (16/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de julio de 2025 El Peruano / Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de julio del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS Ministro del Interior FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción y Encargado del despacho delMinisterio del Ambiente ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo CÉSAR CARLOS SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2419814-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Designan Asesor de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 338-2025-EF/49 Lima, 15 de julio del 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor(a) de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Luis Fernando Ruiz Lecaros en el puesto de Asesor de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2419741-1 EDUCACIÓN Delegan en el Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2025, respecto de las Unidades Ejecutoras 024: Sede Central, 026: Programa Educación Básica para Todos y 116: Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú, la facultad de aprobar las modificaciones del Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 146-2025- MINEDU Lima, 14 de junio de 2025 VISTOS: los documentos que conforman el Expediente N° APC2025-INT-0590641, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, señala que tiene por fi nalidad establecer los principios, de fi niciones, composición, normas y procedimientos del Sistema Nacional de Abastecimiento, asegurando que las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público se ejecuten de manera e fi ciente y e fi caz, promoviendo una gestión interoperativa, articulada e integrada, bajo el enfoque de la gestión por resultados; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1439 indica que el Sistema Nacional de Abastecimiento comprende los siguientes componentes: (i) Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras; (ii) Gestión de Adquisiciones; y, (iii) Administración de Bienes; Que, según lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, aprobado por Decreto Supremo N° 217-2019-EF, la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras se desarrolla considerando el Planeamiento Integrado y su respectiva Programación, por un periodo mínimo de tres (3) años, para lograr la previsión racional y trazabilidad de los bienes, servicios y obras que requieren las entidades, a fi n de identi fi carlos debidamente, valorizarlos y contar con información integral de los mismos, a través de las herramientas que determine la Dirección General de Abastecimiento; Que, asimismo, el numeral 13.1 del artículo 13 del referido Reglamento señala que el Cuadro Multianual de Necesidades es el producto del Planeamiento Integrado y su respectiva Programación, en el marco de la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras;