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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2025 (16/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de julio de 2025 El Peruano / Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 080-2025 PRODUCE/PROINNOVATE.UPP, de fecha 14 de julio de 2025, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 1,633,874.81 (Un millón seiscientos treinta y tres mil ochocientos setenta y cuatro y 81/100 soles), que comprende: S/ 1,626,874.81 (Un millón seiscientos veintiséis mil ochocientos setenta y cuatro y 81/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito y S/ 7,000.00 (Siete mil y 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias; Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los proyectos, según el siguiente detalle: i) Programa de Apoyo a la Internacionalización Modalidad 1-Emprendimiento Exportador (PAIM1), ii) Dinamización de Ecosistemas regionales (DER), iii) Emprendimientos Innovadores (EIN), iv) Atracción de Emprendedores del Exterior - Cambio Climático (AEECC), v) Emprendimientos Dinámicos (EDI), vi) MIPYMES de Calidad (IMTEMC), vii) MIPYMES de Calidad-Industria Naval (MCIN), viii) Acreditación de Organismos de Evaluación de la Conformidad (AOEC), ix) MIPYMES Digitales Categoría 2 (IMTEMDEC2), x) MIPYMES Digitales con Cambio Climático (IMTEMDCC), xi) MIPYMES Digitales (IMTEMD), xii) Validación de la Innovación para Microempresas y Asociaciones (PVE) xiii) Validación de la Innovación con Cambio Climático (PIEC2CC), xiv) Innovación Empresarial para Microempresas y Asociaciones (PIMEN) y xv) Innovación Empresarial - Cambio Climático (PIEC1CC); Que, mediante Informe Nº 174-2025-PRODUCE/ PROINNOVATE.UAL, de fecha 14 de julio de 2025, la Unidad de Asesoría Legal concluye que la emisión de la Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Coordinación Técnica, y previa verifi cación presupuestal por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, se ajusta al marco legal aplicable; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185 que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, el Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 145-2021-PRODUCE, Nº 235-2024-PRODUCE y Nº 001-2025-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios señalados en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto total de S/ 1,633,874.81 (Un millón seiscientos treinta y tres mil ochocientos setenta y cuatro y 81/100 soles), que comprende: S/ 1,626,874.81 (Un millón seiscientos veintiséis mil ochocientos setenta y cuatro y 81/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito y S/ 7,000.00 (Siete mil y 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias; destinados a co fi nanciar los desembolsos de los proyectos en el marco del Contrato de Préstamo Nº 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial Nº 001-2025-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente resolución, y el anexo citado en artículo 1º se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -- PROINNOVATE, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO AFUSO HIGA Director EjecutivoPrograma Nacional de Desarrollo Tecnológicoe Innovación - PROINNOVATE 2419370-1 SALUD Aprueban la NTS N° 230-MINSA/CDC- 2025 Norma Técnica de Salud para la Vigilancia Epidemiológica y Diagnóstico de Laboratorio de Dengue, Chikungunya, Zika, Oropouche, Mayaro y otras arbovirosis en el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 473-2025/ MINSA Lima, 14 de julio del 2025 VISTO, el Expediente N° CDC00020240000152, que contiene el Memorándum N° D000218-2024-CDC-MINSA, que anexa las Notas Informativas N° D000093-2024-CDC-DVSP-MINSA y N° D000001-2024-CDC-DVSP-SML-MINSA, el Memorándum N° D001351-2024-CDC-MINSA, que anexa la Nota Informativa N° D000319-2024-CDC-DVSP-MINSA y el Informe N° D000080-2024-CDC-DVSP- MINSA, el Memorándum N° D002600-2024-CDC-MINSA, que adjunta la Nota Informativa N° D000560-2024-CDC-DVSP-MINSA y el Informe N° D000025-2024-CDC-DVSP-SML-MINSA, la Nota Informativa N° D000221-2025-CDC-MINSA, que adjunta las Notas Informativas N° D000150-2025-CC-DVSP-MINSA y N° D000004-CDC-DVSP-SML-MINSA, la Nota Informativa N° D000221- 2025-CDC-MINSA, que anexa las Notas Informativas N° D000150-2025-CDC-DVSP-MINSA y N° D000004-2025-CDC-DVSP-SML-MINSA, y la Nota Informativa N° D000453-2025-CDC-MINSA, que anexa la Nota Informativa N° D000293-2025-CDC-DVSP-MINSA y el Informe N° D000013-2025-CDC-DVSP-SML-MINSA, del Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades; y, los Informes N° D000950-2024- OGAJ-MINSA y N° D000625-2025-OGAJ-MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, artículo 76 de la precitada Ley ha previsto que la Autoridad de Salud de nivel nacional es responsable de dirigir y normar las acciones destinadas a evitar la propagación y lograr el control y erradicación de las enfermedades transmisibles en todo el territorio nacional, ejerciendo la vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria y dictando las disposiciones correspondientes; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas