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14 NORMAS LEGALES Domingo 20 de julio de 2025 El Peruano / a) Dedicación exclusiva de sus miembros establecida en los numerales 5.2 y 6.1.1. b) Obligación de sus miembros de solicitar licencia sin goce de haber establecida en el segundo párrafo del numeral 6.1.2.2. c) Exigencia de que las sesiones de la Comisión Organizadora sean presenciales y solo excepcionalmente virtuales establecida en el numeral 6.2.4. d) Obligación de que sus miembros fi jen su domicilio en la ciudad de la sede central de la universidad establecida en el numeral 7.2. e) Otras exigencias, según amerite el caso concreto, siempre que se cuente con el debido sustento. Las excepciones establecidas en el presente numeral culminan una vez formalizado el pliego presupuestal de la universidad pública en proceso de constitución y se cuente con la disponibilidad de los recursos para el desarrollo de sus actividades.” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2421248-1 PRODUCE Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de beneficiarios, destinadas a cofinanciar desembolsos de proyectos en el marco del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 545-2025- PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 18 de julio de 2025 VISTOS: El Informe N° 184-2025-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 084-2025-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 310-2025-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 039-2025-PRODUCE/PROINNOVATE.DCT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30230, se crea el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas, el cual cambió su denominación a Fondo MIPYME Emprendedor conforme lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 013-2020 y en el Decreto Supremo N° 225-20-EF; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales, para fi nanciar parcialmente el Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento a cargo del Ministerio de la Producción-PRODUCE. Asimismo, se autoriza a PRODUCE a constituir un fi deicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE, destinado a canalizar los recursos correspondientes al citado Programa; Que, con fecha 23 de julio de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID con la fi nalidad de contribuir a la fi nanciación y ejecución del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento; Que, mediante Ley N° 32185 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en cuyo artículo 61 se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación- PROINNOVATE, a “(…) efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los concursos que se desarrollan a través de PROINNOVATE”. Que, mediante Decreto Supremo N° 009- 2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 001-2025-PRODUCE, de fecha 3 de enero de 2025, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/ la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, mediante el Memorando N° 310-2025-PRODUCE/ PROINNOVATE.UA, de fecha 18 de julio de 2025, la Unidad de Administración solicita la autorización de los certi fi cados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas, adjuntando el Memorando N° 039-2025-PRODUCE/PROINNOVATE.DCT, emitido por la Dirección de Coordinación Técnica, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE-“Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor, indicando que se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 084-2025 PRODUCE/PROINNOVATE.UPP, de fecha 18 de julio de 2025, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 2,173,841.35 (Dos millones ciento setenta y tres mil ochocientos cuarenta y uno y 35/100 soles), que comprende: S/ 2,124,401.91 (Dos millones ciento veinticuatro mil cuatrocientos uno y 91/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, y S/ 49,439.44 (Cuarenta y nueve mil cuatrocientos treinta y nueve y 44/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias; Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los proyectos, según el siguiente detalle: i) Programa de Apoyo a la Internacionalización Modalidad 2-Potenciamiento de Exportaciones (PAIM2), ii) Programa de Apoyo a la Internacionalización Modalidad 4-Inplantación Comercial (PAIM4), iii) Dinamización de Ecosistemas Regionales (DER), iv) Red de Emprendimiento Femenino (RED), v) Emprendimiento Dinámicos (EDI), vi) Emprendimiento Innovadores con Cambio Climático (EINCC), vii) Emprendimiento Innovadores (EIN), viii) MIPYMES de Calidad (IMTEMC), ix) MIPYMES de Calidad-Industria Naval (MCIN), x) Acreditación de Organismos de Evaluación de la Conformidad (AOEC), xi) MIPYMES Digitales Categoría 2 (IMTEMDEC2), xii) MIPYMES Digitales con Cambio Climático (IMTEMDCC), xiii)