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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2025 (20/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 20 de julio de 2025 El Peruano / VISTOS: El Informe N° D000201-2025-MIDIS-OGA, emitido por la O fi cina General de Administración y el Informe N° D000479-2025-MIDIS-OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, el artículo 6 de la Ley N° 29792, señala que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS, se crea el Programa Nacional Cuna Más (en adelante, el PNCM), como programa social focalizado del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a las niñas y niños menores de treinta y seis (36) meses de edad en zonas de situación de pobreza y pobreza extrema; Que, el artículo 101 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° D000026-2025-MIDIS, establece que los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social dependen del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, encontrándose entre ellos, el PNCM; Que, de acuerdo al sustento técnico presentado por el PNCM, mediante Resolución Ministerial N° D000045- 2024-MIDIS de fecha 12 de marzo del 2024, se aprobaron tres (3) Fichas de Homologación, conforme al siguiente detalle: N° Proyecto de Ficha de Homologación 1Buzo de poliéster en polar de 220 g/m2, incluye polera con capucha y pantalón con elástico en la pretina para niños de 0 a 6 meses. 2Buzo de poliéster en polar de 220 g/m2, incluye polera con capucha y pantalón con elástico en la pretina para niños de 6 a 12 meses. 3Buzo de poliéster en polar de 220 g/m2, incluye polera con capucha y pantalón con elástico en la pretina para niños de 1 a 2 años. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, la fi cha de homologación es uno de los instrumentos para la estandarización de requerimientos; asimismo, el proceso de estandarización de requerimientos para generar fi chas de homologación es ejecutado por los ministerios en el ámbito de su competencia, a través de su equipo de homologación, sujeto a las disposiciones que establezca Perú Compras; Que, conforme a lo indicado en el artículo 267 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, la aprobación, modi fi cación y exclusión de la fi cha de homologación se efectúa mediante resolución ministerial; debiendo contar dichos actos con la opinión favorable de Perú Compras y se publican en la Pladicop y en la sede digital del Ministerio; Que, en dicho marco, el numeral 8.16.1 de la Directiva N° 003-2025-PERÚ COMPRAS denominada “Directiva para la Gestión del Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 000050-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, establece el procedimiento de exclusión de Fichas de Homologación del Listado de Fichas de Homologación publicada en la Pladicop, de acuerdo al detalle siguiente: a) La exclusión de una Ficha de Homologación del “Listado de Fichas de Homologación” publicada en la Pladicop, podrá llevarse a cabo a solicitud del Ministerio que la aprobó; b) El ministerio presenta a la Dirección de Estandarización, la solicitud de opinión con el sustento técnico que justi fi que su exclusión, y c) La Dirección de Estandarización emite opinión dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud de opinión, siempre y cuando no existan observaciones; Que, según lo indicado en el numeral 8.16.2 de la citada Directiva N° 003-2025-PERÚ COMPRAS, la exclusión de la Ficha de Homologación se realiza mediante resolución ministerial, en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida la noti fi cación de la opinión favorable de la Dirección de Estandarización, respecto de la viabilidad de la exclusión, la cual es publicada en la Pladicop y en la sede digital del Ministerio; asimismo, el Ministerio debe remitir la mencionada resolución a la Dirección de Estandarización para su publicación en la Pladicop; Que, sobre la base del Informe N° D0000184-2025- MIDIS-OGA de la O fi cina General de Administración, el Informe de Trabajo N° D00007-2025-MIDIS-OGA- BVB de la Coordinadora del Equipo de Homologación, así como los Informes N° D00024-2025-MIDIS/PNCM-DE y N° D00032-2025-MIDIS/PNCM-DE, emitidos por la Dirección Ejecutiva del PNCM, mediante el O fi cio Nº D000588-2025-MIDIS-SG, noti fi cado a PERÚ COMPRAS con fecha 24 de junio del 2025, la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita a la Dirección de Estandarización de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS opinión para la exclusión de las tres (3) Fichas de Homologación de Buzos de Poliéster en Polar para Niños de 0 a 2 años, aprobadas mediante la Resolución Ministerial N° D000045-2024-MIDIS, del “Listado de Fichas de Homologación”, de conformidad con lo dispuesto en los literales a) y b) del numeral 8.16.1 de la Directiva N° 003- 2025-PERÚ COMPRAS; Que, mediante el O fi cio D-N° 000093-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, noti fi cado al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social con fecha 9 de julio del 2025 (Expediente N° 2025- 0028939), el Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS comunica la opinión favorable emitida por la Dirección de Estandarización mediante el Informe-D N° 000035-2025- PERÚ COMPRAS-DE, la cual señala que, luego de haber realizado las evaluaciones respectivas, el Expediente de Solicitud de Opinión de Exclusión presentado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se ajusta a los lineamientos y requisitos previstos en la Directiva Nº 003-2025-PERÚ COMPRAS; Que, según se aprecia en el citado Informe-D N° 000035-2025- PERÚ COMPRAS-DE, la Dirección de Estandarización emite opinión favorable respecto de la exclusión de tres (3) Fichas de Homologación aprobadas mediante Resolución Ministerial N° D000045-2024-MIDIS, al haberse veri fi cado i) la competencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para solicitar la exclusión de las Fichas de Homologación de Buzos de Poliéster en Polar para Niños de 0 a 2 años y ii) el sustento técnico que justi fi ca su exclusión en el Expediente de Solicitud de Opinión; recomendando que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social inicie el procedimiento de aprobación de la exclusión, según lo dispuesto en el numeral 8.16.2 de la Directiva Nº 003-2025-PERÚ COMPRAS; Que, mediante el Informe N° D000479-2025-MIDIS- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que apruebe la exclusión de tres (03) Fichas de Homologación aprobadas mediante Resolución Ministerial N° D000045-2024-MIDIS, en el marco del artículo 267 del Reglamento de la Ley 32069 y el numeral 8.16 de la Directiva N° 003- 2025-PERÚ COMPRAS; Que, en el marco de la normativa vigente y aplicable, corresponde emitir el acto resolutivo que aprueba la exclusión de las tres (3) Fichas de Homologación de Buzos de Poliéster en Polar para Niños de 0 a 2 años, aprobadas mediante la Resolución Ministerial N° D000045-2024-MIDIS, del “Listado de Fichas de Homologación”; Con el visado de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,