TEXTO PAGINA: 14
14 NORMAS LEGALES Martes 22 de julio de 2025 El Peruano / DEBE DECIR: I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el tercer año regulatorio, y asignación máxima de consumo Chimbote (3er año) Categoría RangoTarifa (S/ /m3) Agua potable saneamiento Social 0 a más 0.98 0.39 Doméstico 0 a 8 1.23 0.49 8 a 18 1.45 0.60 18 a más 2.93 1.20 Comercial y Otros0 a 30 2.93 1.20 30 a más 6.25 2.59 Industrial 0 a más 6.25 2.59 Estatal 0 a más 2.93 1.20 (…) Casma y Huarmey Categoría RangoTarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Social 0 a más 0.56 0.28 Doméstico 0 a 8 0.56 0.28 8 a 18 0.72 0.40 18 a más 1.83 0.94 Comercial y Otros0 a 30 1.83 0.94 30 a más 3.42 1.77 Industrial 0 a más 3.42 1.77 Estatal 0 a más 1.83 0.94 Para el quinto año regulatorio de EPS SEDACHIMBOTE S.A. se ha establecido un incremento de 7,0% para los servicios de agua potable y saneamiento, el cual se aplicará sobre la estructura tarifaria resultante del reordenamiento tarifario previsto para dicho año en el subcapítulo XV.3.4 “Consideraciones a partir del segundo año regulatorio” del estudio tarifario vigente. Este incremento tarifario deberá aplicarse a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior al inicio del quinto año del periodo regulatorio 2023 -2028. (…) I.3 Factor de ajuste para la aplicación del sistema de subsidios cruzados focalizados (…) Factor de ajuste aplicable a la tarifa de agua potable de la categoría doméstico por los primeros 8 m 3 Categoría Año Regulatorio Rango (m3)Factor de ajuste Doméstico 3er, 4to y 5to años regulatorios 0 a 8 0,90 Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente resolución y el Informe de Especialista N° 0126-2025-SUNASS-DRT en la sede digital de Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar, así como su noti fi cación a EPS SEDACHIMBOTE S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 1 Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima. 2421300-1ORGANISMOS AUTÓNOMOS FUERO MILITAR POLICIAL Designan Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 012-2025-FMP/CE/P Lima, 17 de julio de 2025 VISTO: El Memorándum N° 628-2025-FMP/SG del 16 de julio 2025 del Secretario General del Fuero Militar Policial, la Resolucion Administrativa N° 034-2025-FMP/P del 04 de marzo 2025 del Presidente del Fuero Militar Policial, el Informe de Cumplimiento N° 008-2025-FMP/DRRHH del 10 de julio 2025 del Director de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial, la Carta N 001/JCAM del 30 de junio 2025, la Certi fi cación del Secretario General del Fuero Militar Policial del 16 de julio 2025, y el Informe Legal N° 125-2025-FMP/OAJ del 17 de julio 2025 del Jefe (e) de la Ofi cina de Asesoria Jurídica del Fuero Militar Policial. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, en el artículo I de su Título Preliminar, establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano jurisdiccional autónomo, independiente e imparcial; Que, la Ley N° 29182 en el artículo 51° establece “La Dirección Ejecutiva es el órgano de más alta jerarquía administrativa y depende del Presidente del Fuero Militar Policial. El Director Ejecutivo es designado por el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial a propuesta de su Presidente”; Que, mediante Resolución Administrativa N° 065- 2022-FMP/CE/SG del 29 de agosto 2022, se aprobó las modi fi caciones al Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, el cual establece: “artículo 6° Atribuciones del Consejo Ejecutivo, establece en el numeral 4 designar y remover al Director Ejecutivo.”, y en artículo 8° Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece en el numeral 10 emitir resoluciones relativas a sus funciones”; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial”, modi fi cado por Resolución Administrativa N° 065-2022-FMP/CE/SG, en su artículo 8° Funciones de la Presidencia del Fuero Militar Policial, establece en el numeral ”8) Disponer la contratación y remoción del personal de funcionarios, servidores y personal de con fi anza, con arreglo a la normativa sobre la materia” entre otros; Que, mediante Resolución Administrativa N° 034-2025-FMP/P del 04 de marzo 2025, a mérito del Acta del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial N° 003-2025-FMP iniciada el 28 de febrero 2025 y concluida el 03 de marzo 2025, se designó al señor Capitán de Navío ADM (R) Juan Carlos ALVARADO MONDOÑEDO, en el cargo de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial; Que, el señor Capitán de Navío ADM (R) Juan Carlos ALVARADO MONDOÑEDO, mediante Carta N 001/JCAM ingresada por Mesa de Parte del Fuero Militar Policial con fecha 01 de julio 2025, presenta su renuncia, al cargo de Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial; Que, mediante Informe de Cumplimiento N° 008- 2025-FMP/DE/DRRHH del 10 de julio 2025, la Directora de Recursos Humanos del Fuero Militar Policial concluye “que de la evaluación curricular realizada, respecto a la formación académica y experiencia del Magister Ruperto Andrés TABOADA DELGADO, se determina que, el profesional en mención cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 31419 y en