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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2025 (25/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Viernes 25 de julio de 2025 El Peruano / X2 X2-Y2 3.64 293079.1597 8674292.5854 Y2 Y2-Z2 5.36 293080.8830 8674295.7968 Z2 Z2-A3 0.40 293083.6386 8674300.3960 A3 A3-B3 4.97 293083.8649 8674300.7318 B3 B3-C3 5.39 293086.3444 8674305.0405 C3 C3-D3 5.39 293089.1141 8674309.6678 D3 D3-E3 5.39 293092.2694 8674314.0337 E3 E3-F3 5.39 293095.5934 8674318.2753 F3 F3-G3 5.39 293099.1058 8674322.3627 G3 G3-A 0.45 293102.7598 8674326.3233 TOTAL 450.57 Certificado Registral Inmobiliario con publicidad N° 2025-2515726, emitido con fecha 14 de abril del 2025 correspondiente a la partida registral N° 12590283 del Registro de propiedad inmuebles de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral Nº IX – Sede Lima. Con Informes Técnicos Nº 106-2023/JRBA de fecha 04 de setiembre de 2023 y N° 030-2025/JRBA de fecha 07 de abril de 2025, ambos suscritos por el Verificador Catastral, Geógrafo Johnny Richard Bustamante Alberco, código N° 018032VCPZRIX. Con Certificado de Búsqueda Catastral con Publicidad N° 2023-3815670 emitido con fecha 15 de julio del 2023, con Informe Técnic o N° 016752-2023-Z.R. N° IX- SEDE-LIMA/UREG/CAT, emitido por la Oficina Registral de Lima, de la Zona Registral N° IX – Sede Lima. 2422544-1 CUL TURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a dos unidades bibliográficas (1923-1965) de la producción académica de César Abraham Vallejo Mendoza, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000187-2025- VMPCIC/MC San Borja, 22 de julio del 2025 VISTOS: el O fi cio N° 000486-2025-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; el Informe N° 000843-2025-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográ fi cos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, cientí fi co o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos cientí fi co, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identi fi cación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia; Que, con el O fi cio N° 000486-2025-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de dos unidades bibliográ fi cas (1923-1965) de la producción académica de César Abraham Vallejo Mendoza, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú; Que, a través del Informe Técnico N° 000036-2025-BNP-J-DPC-UVDP de la Unidad Funcional de Valoración y Defensa del Patrimonio Bibliográ fi co Documental se desarrolla la importancia, el valor y signi fi cado de las unidades bibliográ fi cas; Que, con el Informe Nº 000214-2025-BNP-J-DPC, la Dirección de Protección de las Colecciones, con sustento en el informe técnico citado, recomienda a la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de las referidas unidades bibliográ fi cas; Que, la importancia, valor y signi fi cado de las dos unidades bibliográ fi cas de (1923-1965) de la producción académica de César Abraham Vallejo Mendoza radica principalmente en su materialidad, presentan singularidades que las diferencian de otros ejemplares, entre ellas destacan el exlibris del connotado historiador peruano Raúl Porras Barrenechea (1897-1960) quien fue diplomático, embajador y maestro universitario y los sellos de Ricardo Angulo Basombrío cuya biblioteca personal junto con la de su padre, el destacado médico Ricardo J. Angulo Ramírez fue donada a la Biblioteca Nacional. Asimismo, es de resaltar que ambos ejemplares fueron incorporados en el Programa Memoria del Mundo de América Latina y el Caribe de la UNESCO el 2023, siendo reconocida su importancia material y cultural a nivel regional; Que, de igual modo, se resalta el valor histórico e intelectual de las referidas unidades bibliográ fi cas al ser su autor uno de los más grandes exponentes del vanguardismo literario en el Perú y el mundo. En Fabla Salvaje (1923) resalta su estructura argumental, enriquecida con elementos fantásticos y la técnica narrativa innovadora que emplea César Vallejo. Respecto a Rusia ante el segundo plan quinquenal (1965), obra póstuma, destaca por el análisis conciso sobre la realidad soviética de la época y por constituirse en una fuente para comprender el desarrollo intelectual del poeta, brindándonos una visión más amplia respecto a su confi guración emocional e ideológica; Que, en atención a lo expuesto, las unidades bibliográ fi cas antes descritas constituyen ejemplares relevantes para la cultura peruana y reúnen las condiciones de importancia, valor y signi fi cado para integrar el Patrimonio Cultural de la Nación, siendo esto así, los informes mencionados constituyen parte integrante de esta resolución y se adjuntan como anexos; Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;