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20 NORMAS LEGALES Viernes 25 de julio de 2025 El Peruano / previstos, y advirtiendo la próxima entrada en vigencia del referido Código en un plazo menor de un (1) mes, aprueba la modi fi cación del Calendario O fi cial de la Aplicación Progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, estableciendo como fecha de inicio de implementación en el Distrito Judicial de Lima Norte el 1 de mayo de 2026; Que, en atención a la estadística de denuncias ingresadas al Ministerio Público a junio del 2024, el Distrito Judicial de Lima Norte, es la jurisdicción que registra el mayor número de denuncias a nivel fi scal por infracción a la ley penal por la comisión de delitos por parte de los adolescentes, en razón a ello las instituciones responsables de la implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes han priorizado dicho distrito judicial para fi nanciar los gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, bajo la premisa de mejorar la intervención del sistema de justicia en todas sus etapas, dado que la intervención oportuna y adecuada puede interrumpir trayectorias delictivas, teniendo los adolescentes en con fl icto con la ley penal mayores probabilidades de reinserción social, siendo una forma de superar los efectos negativos de la infracción y prevenir la comisión de otras futuras infracciones; Que, en virtud a la excepción establecida en el literal b) del párrafo 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, la presente norma se considera fuera del alcance de la obligación de presentar expediente Análisis de Impacto Regulatorio (AIR Ex Ante) a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR), al constituir disposiciones normativas para la articulación con otras entidades públicas, como es la actualización de un instrumento de articulación entre entidades para la mejor administración del sistema de justicia penal juvenil; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; DECRETA: Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene por objeto modi fi car el Decreto Supremo N° 005-2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el nuevo Calendario O fi cial de la Aplicación Progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Artículo 2.- Finalidad El presente Decreto Supremo tiene por fi nalidad actualizar el Calendario O fi cial de la Aplicación Progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2024-JUS, estableciendo como fecha de inicio de implementación en el Distrito Judicial de Lima Norte el 1 de mayo de 2026, para realizar las gestiones necesarias y obtener los recursos presupuestales que permitan garantizar la implementación efectiva y sostenible del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Artículo 3.- Modi fi cación del Decreto Supremo que aprueba el nuevo Calendario O fi cial de la Aplicación Progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2024-JUS. Se modi fi ca el artículo 1 del Decreto Supremo que aprueba el nuevo Calendario O fi cial de la Aplicación Progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2024-JUS, quedando establecido de la siguiente manera:“Artículo 1.- Establecimiento de un nuevo Calendario O fi cial de la Aplicación progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. Establecer un nuevo Calendario O fi cial de la Aplicación Progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, quedando establecido de la siguiente manera: Distritos Judiciales Año Fecha de Entrada en Vigencia Lima Norte 2026 1 de mayo de 2026 (…) (…) (…) ” Artículo 4.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en la plataforma digital única del Estado peruano para orientación al ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO Ministro de Justicia y Derechos Humanos CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS Ministro del Interior 2422654-3 Designan Asesor II de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0258-2025-JUS Lima, 24 de julio de 2025CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor II, Nivel F-5, de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Edgardo Jimmy Herbozo Salas, en el cargo de con fi anza de Asesor II, Nivel F-5, de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE ALCANTARA MEDRANO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2422311-1